Se mantiene Fase I de Contingencia por Ozono en CDMX y EDOMEX: ¿Qué autos no circulan este sábado 4 de mayo?

3, mayo 2024

Redacción / Ovaciones
Foto: Cuartoscuro.com

La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAMe) informa que se mantiene la Fase I de Contingencia Ambiental Atmosférica por Ozono en la Zona Metropolitana del Valle de México para el día sábado 4 de mayo de 2024.

Esta medida se toma luego de que el día de hoy se registraran concentraciones máximas de ozono de 170, 164 y 160 partes por billón (ppb) en las estaciones de monitoreo de Tlalnepantla, Atizapán y Cuautitlán, respectivamente. Hasta las 17:00 horas, se mantuvieron condiciones adversas para la dispersión de contaminantes en la zona noroeste del Valle, con valores de ozono de Muy Mala calidad del aire.

Los pronósticos meteorológicos indican que mañana persistirá un sistema de alta presión en el centro del país, con cielo despejado, alta radiación solar, estabilidad atmosférica y viento débil, lo que favorecerá la formación de ozono. Se prevé que la calidad del aire podría ser Muy Mala.

Por lo anterior, se mantendrán las restricciones a la circulación vehicular, así como las medidas de reducción de emisiones en la industria y servicios establecidas en la Fase I de Contingencia.

Se exhorta a la población a consultar el Índice Aire y Salud en la página www.aire.cdmx.gob.mx y en la aplicación móvil Aire, a fin de tomar las precauciones necesarias y proteger su salud.

La CAMe estará atenta a la evolución de las condiciones meteorológicas y de calidad del aire en el Valle de México, e informará oportunamente sobre cualquier actualización.

 

¿Qué autos no circulan este sábado 4 de mayo?

  1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
  2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1.
  3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 00 y 0, engomado  rosa, terminación de placa  7 y 8.
  4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos,  de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
  5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques  estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea PAR
  6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del  EDOMEX.
  7. Los taxis con holograma de verificación  “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de    circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos  1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.

 

¿Quiénes están exentos?

  • Vehículos eléctricos e híbridos, además, los que cuenten con matrícula ecológica u holograma tipo exento.
  • Vehículos que porten holograma “00” o “0” vigente, cualquiera que sea su uso, sin importar la entidad federativa donde estén matriculados, podrán circular si cuentan con engomado diferente al color rosa y terminación de placa 7 y 8.
  • Vehículos de uso particular destinados en circunstancias manifiestas y urgentes, para atender una emergencia médica.
  • Los taxis pueden circular de 5:00 a las 10:00 horas los días que tengan restricción por Programa Hoy No Circula, independientemente del holograma que porten, con la finalidad de apoyar la movilidad de la población.
  • Vehículos de servicios urbanos destinados a prestar servicios de emergencia, emergencias médicas, salud, seguridad pública, bomberos, rescate, protección civil, de vigilancia ambiental y abastecimiento de agua.
  • Vehículos de transporte escolar y de personal, que cumplan con las especificaciones de verificación vehicular vigentes y cuenten con el holograma y autorización correspondiente.
  • Vehículos destinados a cortejos fúnebres y transporte de servicios funerarios, que cuenten con holograma de verificación vigente.
  • Vehículos para personas con discapacidad que cuenten con el Permiso para exentar el Hoy No Circula por Discapacidad, el Holograma de Discapacidad, o placa para personas con discapacidad según la entidad que corresponda.
  • Transporte de residuos y materiales peligrosos que cuenten con la autorización correspondiente, excepto vehículos que transporten combustibles (gasolina, diésel y gas L.P.).
  • Los vehículos identificados con tarjeta de circulación de servicio público de pasajeros y turismo (vagonetas, microbuses y autobuses) con placa federal o local, que cumplan con las disposiciones de verificación vigentes.
  • Los vehículos que transportan mercancías o productos perecederos en unidades con sistemas de refrigeración, así como las unidades revolvedoras de concreto.
  • Las motocicletas están exentas de la Fase I