Anulación de votos por parte del INE en elecciones judiciales, envuelta en una zona gris jurídica

Aunque la anulación de votaciones es facultad del TEPJF, que tiene la última palabra, correspondía al INE declarar su validez


INE
Foto: Cuartoscuro.com

La exclusión de más de 2 millones de votos de las elecciones judiciales del 1 de junio dejan el Instituto Nacional Electoral (INE) en una zona gris, pues si bien no tiene facultades para anular las votaciones en casilla, pues eso le corresponde al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), sí le corresponde declarar la validez de elecciones, en este caso las judiciales y para ello requería valorar la calidad del proceso.

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El INE argumentó en el acuerdo que aprobó que determinó restar los votos en las casillas en las que se detectaron graves irregularidades, como boletas sin dobleces o planchadas, votos con idéntica caligrafía y secuencia, uso de acordeones, votaciones iguales o superiores al cien por ciento de la lista nominal, porque vulneraron el derecho libre al voto.

Los consejeros electorales argumentaron que esta no fue una anulación formal de la votación en las casillas, sino una depuración técnica que responde a la necesidad de no permitir que este tipo de prácticas se normalicen en procesos futuros.

Reconocieron, sin embargo, que la decisión final sobre este tema le corresponde al TEPJF, que deberá resolver cientos de impugnaciones a las elecciones judiciales que ya han sido presentadas.

Al respecto, el consejero electoral Jaime Rivera aclaró que el INE no tiene facultad legal para anular la elección judicial y tampoco puede anular casillas de manera ordinaria, porque estas facultades corresponden al Tribunal Electoral. No obstante, subrayó que el INE tiene la obligación legal de realizar el cómputo total de los votos, que esta vez se contaron en los 300 consejos distritales, y declarar la validez de esta elección.

Cabe recordar que cinco consejeros electorales votaron en contra de validar las elecciones de ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), integrantes del Tribunal de Disciplina Judicial y de magistrados de las salas del TEPJF, aunque quedaron en duda los efectos legales de esta determinación, que finalmente fue rechazada.