La Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados aprobó sin cambios las minutas de reformas a las leyes General de Procedimientos e Instituciones Electorales y de Medios de Impugnación, secundarias de las reformas constitucionales en materia del poder Judicial, enviadas por el Ejecutivo federal.
LEE ADEMÁS: Pensión Mujeres del Bienestar 2024: Descubre quiénes no podrán recibir el apoyo de $3,000 pesos
En una acalorada sesión y por encima de las críticas de la oposición, en lo general fue ratificado con 19 votos a favor, 10 en contra y cero abstenciones, y en lo particular, por 26 votos a favor, 10 en contra y cero abstenciones y se remitió a la mesa directiva para que sea programada en la sesión de hoy, donde en dos sesiones será aprobada por el pleno.
El documento establece que durante el proceso electoral para la elección de personas juzgadoras del Poder Judicial de la Federación el juicio de inconformidad procederá para impugnar las determinaciones de las autoridades electorales federales que violen normas constitucionales o legales en los términos señalados por la citada ley; los medios de impugnación no producirán efectos suspensivos sobre la resolución o acto impugnado.
Añade que serán actos impugnables a través del juicio de inconformidad en la elección de presidente de los Estados Unidos Mexicanos y de personas ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), magistradas de la Sala Superior del Tribunal Electoral y del Tribunal de Disciplina Judicial, en la elección de personas magistradas de Tribunales Colegiados de Circuito y de Apelación, así como personas juzgadoras de Juzgados de Distrito.
Determina que la sala superior del Tribunal Electoral será competente para resolver los juicios de inconformidad respecto de los actos señalados en el inciso a) del párrafo 1 del artículo 50 de la ley en comento, con excepción de la elección de sus integrantes, en cuyo caso corresponderá conocer al Pleno de la SCJN.