Aprueban en el Congreso CDMX sanciones por violación de sellos

Aumentan las penas contra quienes retiren los sellos de clausura en obras, establecimientos y anuncios



Foto: cortesía Congreso Ciudad de México

Las Comisiones Unidas de Administración y Procuración de Justicia y de Justicia Cívica y Defensoría Pública del Congreso de la Ciudad de México aprobaron la iniciativa enviada por el jefe de Gobierno, Martí Batres Guadarrama, para sancionar con cárcel a quienes violen sellos de clausura en obras, establecimientos y anuncios.

El dictamen, que deberá ser avalado por el pleno esta semana que inicia, propone una sanción de 6 a 12 años de prisión a los dueños, representantes o responsables de establecimientos mercantiles o construcciones, que a pesar de que tenga sellos de clausura permitan, realicen o promuevan actos de comercio, construcción o prestación de un servicio en ese predio.

La propuesta pretende evitar que los responsables se valgan de argucias legales que burlen las resoluciones administrativas o judiciales que imponen las sanciones de clausura o suspensión de actividades, violentando con ello al estado de derecho, la seguridad y certidumbre jurídica.

Las modificaciones los artículos 28 y 32 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México y se reforma el artículo 286 del Código Penal para el Distrito Federal, fueron avaladas por mayoría.

Al respecto, el diputado Alberto Martínez Urincho, presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, dijo que con estos cambios al Código Penal se busca mantener el estado de suspensión o clausura ordenado por la autoridad y materializado con la imposición de sellos, evitando que se continúe con la actividad irregular que da origen a la sanción debido al retiro de los mismos, lo que induce al error de que la construcción, edificación, establecimiento o medio publicitario cumplen con la normatividad aplicable.

Agregó que con esto se garantiza la seguridad jurídica en favor de la población, al defender la efectividad y eficacia de los procedimientos administrativos de verificación y sanción, los cuales generalmente se realizan con ausencia del responsable del giro mercantil o propietario del inmueble, por lo que son atendidos por algún encargado o trabajador, quienes en ocasiones son utilizados para el quebrantamiento de sellos o vulneración de los espacios restringidos.

Consideró que con este cambio la responsabilidad penal no sólo quede limitada de manera injusta a quienes se encuentran trabajando en la obra o establecimiento suspendido o clausurado, sino a quienes se benefician de manera directa con la reanudación ilícita de actividades. En consecuencia, se incrementarán las sanciones cuando se trate de los titulares, propietarios, poseedores, representantes o responsables del negocio, quienes consientan o permitan la continuación de la actividad.

Asimismo, puntualizó que en casos de que alguien en forma reiterada quebrante o retire los sellos de clausura o suspensión, se aumentará la pena privativa de la libertad en una cuarta parte de la pena de prisión.

Respecto a las modificaciones del artículo 32 y 28 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, se propone sancionar la conducta de quienes vendan bebidas embriagantes en la vía pública sin contar con los permisos correspondientes, buscando desincentivar el comercio indiscriminado de estos productos sin previa verificación del cumplimiento de los requisitos administrativos.

El diputado de Morena, Fernando Zárate Salgado, se pronunció a favor del dictamen y en contra de la proliferación de chelerías en zonas de concentración de población como La Lagunilla; y dijo que el quebrantamiento de sellos en construcciones, mantas y tapiales es una constante.