Continúan los descuentos de predial en CDMX

POR AIDA RAMÍREZ   Pocos son los descuentos o subsidios a los que personas de grupos vulnerables  acceder de manera permanente en la Ciudad de México, y uno de ellos es el del pago del predial.   De acuerdo con lineamientos del subsidio, emitidos por la Secretaría de Finanzas del gobierno de la capital del

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POR AIDA RAMÍREZ

 

Pocos son los descuentos o subsidios a los que personas de grupos vulnerables  acceder de manera permanente en la Ciudad de México, y uno de ellos es el del pago del predial.

 

De acuerdo con lineamientos del subsidio, emitidos por la Secretaría de Finanzas del gobierno de la capital del país, hay dos tipos de descuentos: una condonación del 30 por ciento; y el segundo es una cuota fija de 55.00 pesos bimestrales.

 

No obstante, para acceder a cualquiera de los dos, los beneficiarios deben cumplir determinadas características como comprobar que pertenecen a alguno de los grupos vulnerables indicados para el programa, pero además, su predio debe tener un valor catastral de dos millones 323 mil 374 pesos o más.

 

Así, la dependencia capitalina señala que estos subsidios sólo son para personas jubiladas y pensionadas (por cesantía en edad avanzada /por vejez /por incapacidad por riesgos de trabajo /por invalidez).

 

Pero también con consideradas en este grupo a viudas o huérfanos pensionados, jefas de familia, mamás solteras, personas con discapacidad permanente y adultos mayores sin ingreso fijo o de escasos recursos.

 

Según la Secretaría de Finanzas, los documentos que se requieren para ambos programas son boleta predial (Propuesta de Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial), en la que conste el nombre del Propietario.

 

También, la Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de que la identificación oficial no la contenga; la identificación oficial vigente con fotografía como la credencial del INE, pasaporte vigente, cédula profesional. 

 

Y en caso de ser extranjero, cualquier documento que acredite su estadía legal en el país; comprobante de domicilio (siempre y cuando se encuentren a nombre del contribuyente y el domicilio corresponda al inmueble que habita, respecto del cual se aplicará únicamente el beneficio fiscal).

 

Los documentos especiales que se requieren para la condonación del 30 por ciento es acreditar que son adultos mayores sin ingresos fijos y de escasos recursos con la credencial expedida por el Instituto Nacional de la Senectud (INSEN), el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (Inapam). En caso de jubilados, pensionados, viudas o huérfanos pensionados, se necesita la credencial de pensionado o jubilado o último talón de pago emitido por el IMSS, ISSSTE, Pemex, Comisión Federal de Electricidad, Ferrocarriles Nacionales de México, Asociación Nacional de Actores, Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., Nacional Financiera, S.N.C, Caja de Previsión de la Policía Preventiva de la Ciudad de México y de los Trabajadores a Lista de Raya de la Ciudad de México o cualquier otro que se constituya conforme al artículo 277 de la Ley Federal del Trabajo.

 

También se necesita el formato de manifestación bajo protesta de decir verdad, que señale: que no tiene ingresos fijos y es de escasos recursos (adultos mayores) y no otorga el uso o goce temporal del inmueble que habita, incluso para la instalación o fijación de anuncios o cualquier otro tipo de publicidad, entre otras declaraciones.

 

Por otro lado, los documentos para solicitar la cuota fija de 55 pesos bimestrales, se debe entregar la documentación ya señalada con un comprobante de la condición.

 

Si se es jubilado, pensionado, viuda o huérfano pensionado, presentar la credencial o último talón de pago emitido por el IMSS, ISSSTE, Pemex, Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, Comisión Federal de Electricidad, Ferrocarriles Nacionales de México, Asociación Nacional de Actores, Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C., Nacional Financiera, S.N.C. Caja de Previsión de la Policía Preventiva de la Ciudad de México y para los Trabajadores a Lista de Raya de la Ciudad de México.

 

Si se es jefa de familia, mujer separada o madre soltera con dependientes de hasta 25 años, o con discapacidad, debe presentar el acta de divorcio, sentencia judicial, acta de matrimonio con inscripción marginal, auto en que el Juez de lo familiar haya ordenado la separación como medida provisional,  constancia expedida por la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México.

 

También, la manifestación bajo protesta de decir verdad indicando la condición, acta de nacimiento del dependiente económico menor de edad o en su caso constancia de estudios emitida por el Sistema Educativo Nacional (mayores de 18 hasta 25 años).

 

Si se tiene una discapacidad permanente debe presentarse un certificado que acredita una incapacidad parcial permanente o invalidez, expedido conforme a sus respectivas leyes por el IMSS o el ISSSTE, constancia o credencial oficial emitida por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de la Ciudad de México o tarjeta de gratuidad para personas con discapacidad con fotografía emitida por el mismo.

 

La Secretaría de Finanzas señala que, para acceder a cualquiera de los dos apoyos, se debe presentar la documentación completa, en original y copia, a más tardar el 31 de diciembre de 2022, ante cualquier Administración Tributaria o Administración Auxiliar.