Corte inicia discusión de impugnaciones a reformas a la Ley de Derecho de Autor

CIUDAD DE MÉXICO, 29ABRIL2024.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la Ley de Hidrocarburos. Esta ley permitirá al gobierno federal suspender permisos y ocupar instalaciones cuando las empresas del sector no cumplan con los requisitos en la materia. FOTO: SCJN/CUARTOSCURO.COM
CIUDAD DE MÉXICO, 29ABRIL2024.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la Ley de Hidrocarburos. Esta ley permitirá al gobierno federal suspender permisos y ocupar instalaciones cuando las empresas del sector no cumplan con los requisitos en la materia. FOTO: SCJN/CUARTOSCURO.COM

Síguenos

Patricia Ramírez / OvacionesFoto: Curtoscuro.com

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) inició la discusión sobre las reformas a la Ley de Derecho de Autor y del Código Penal Federal, que se incluyeron con motivo de la suscripción del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC), con el propósito de garantizar la tutela y protección de los derechos de autor y los derechos conexos, ante el desarrollo del entorno digital.

TE PUEDE INTERESAR: ¿Cuánto cuestan las casetas para ir a Puerto Vallarta desde la CDMX?

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos e integrantes del Senado de la República impugnaron los supuestos en los que no se considerarán como violación a la ley, las acciones de elusión o evasión de una Medida Tecnológica de Protección efectiva (MTP); que son herramientas proporcionadas por las tecnologías de la información que permiten proteger los derechos de autor, o bien, controlan el acceso a una obra protegida por tales derechos.

Los supuestos en los cuales los Proveedores de Servicios en Línea –quienes llevan a cabo el almacenamiento temporal mediante un proceso automático o direccionan o vinculan a usuarios a un sitio en línea– no serán responsables por daños y perjuicios ocasionados a los titulares de derechos de autor, al retirar materiales o contenidos que se encuentren en sus redes, a efecto de impedir la comisión de infracciones o para cumplir obligaciones derivadas de una relación contractual o jurídica.

Las sanciones administrativas y penales aplicables a quienes sin autorización o fuera de los supuestos previstos por la LFDA, evadan una medida tecnológica de protección efectiva.

LEE ADEMÁS: Día del Padre México 2024: ¿En qué día se festeja a los papás?

En la sesión de este día, el Pleno validó dos artículos en los cuales se prevén los supuestos en los que se autoriza la elusión o evasión de MTP, sin incurrir en infracciones a la LFDA, así como las limitantes a esas autorizaciones, a través de ciertas condicionantes.

Lo anterior, al considerar que dichos preceptos no impiden que las personas utilicen, disfruten o dispongan de sus propios bienes, sino que, en el contexto de tutela y protección de los derechos autorales y conexos, establecen medidas de protección también en el entorno digital, a fin de evitar transgresiones a los derechos patrimoniales y morales. Por tanto, no existe una restricción al derecho de propiedad.

La discusión de este asunto continuará durante la próxima sesión del pleno de la Corte.

Edición Impresa Digital
Ver más

Edición 1: Portada digital destacada.