Delito de corrupción inmobiliaria se juzgará por dos vías en la CDMX

Pilar Mansilla / Ovaciones Foto: Cortesía X @martibatres Aquel funcionario al que le sean comprobados actos de corrupción inmobiliaria deberá ser juzgado por ese delito y por el de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de sus funciones, advirtió el jefe de Gobierno, Martí Batres Guadarrama al presentar la reforma al Código Penal en materia de

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Pilar Mansilla / Ovaciones
Foto: Cortesía X @martibatres

Aquel funcionario al que le sean comprobados actos de corrupción inmobiliaria deberá ser juzgado por ese delito y por el de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de sus funciones, advirtió el jefe de Gobierno, Martí Batres Guadarrama al presentar la reforma al Código Penal en materia de combate a la corrupción inmobiliaria.

Señaló que los funcionarios que incurran en el delito de enriquecimiento ilícito recibirán una sanción de uno a 10 años de prisión y en caso de que abusen de sus funciones podrían ser condenados de entre cinco a 20 años.

Explicó que, en el caso de corrupción inmobiliaria, cuando se obtenga un beneficio económico por otorgar permisos para construcciones indebidas, la pena se agrava de 15 a 30 años de prisión.

De acuerdo con el encargado de la fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México, Ulises Lara, con esta reforma al artículo 276 Quater “comete el delito de corrupción inmobiliaria el servidor público que por acción u omisión permita o tolere la construcción de inmuebles o la edificación de pisos adicionales a los autorizados, sin el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley”.

Por lo anterior, resaltó que, a partir de ahora, los fiscales, ministerios públicos, peritos y policías de investigación “deberán poner en el centro a las víctimas, por lo que tendrán que realizar las indagatorias desarrolladas de manera científica, robusta y profesional”, cuando se reciban denuncias sobre estos hechos.

Lara López aseguró que con esta reforma se podrán evitar omisiones a la normatividad en materia de ordenamiento territorial y desarrollo urbano generando la sobreexplotación de la capacitación de las dimensiones de los inmuebles.

Por su parte, el secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda, Inti Muñoz Santini advirtió que la reforma impedirá que cualquier funcionario que actúe de manera indebida, “sin noción alguna de la ética para hacer uso de su cargo público con el afán de beneficiarse, se hace daño al tejido urbano, se hace daño a la calidad de vida de las personas autorizando, sin apego a la normatividad, algún tipo de construcción o de desarrollo inmobiliario”.

Indicó que como toda ley podrá ser perfectible, dijo que la aprobación de la reforma es el reflejo de que hay un consenso de hacia dónde se quiere dirigir la ciudad en materia de desarrollo urbano.

“El desarrollo inmobiliario se deberá siempre poner al servicio del beneficio de las personas; donde el suelo se utilice siempre, como lo señala la Ley de Desarrollo Urbano, para beneficio de la sociedad; donde el desarrollo inmobiliario y urbano sean parte de una dinámica económica, equilibrada donde se satisfaga la enorme importancia, la enorme demanda que hay de vivienda accesible y de calidad en nuestra ciudad”.