Determina la SCJN que se extienda a 5 años reclamación de seguros

25, enero 2024

PATRICIA RAMÍREZ

Foto: SCJN/Cuartocuro.com

La primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el plazo de dos años previsto en la Ley del Contrato sobre Seguro, para la prescripción de un seguro contra responsabilidad por daños a terceros, cuando ese tercero perdió la vida, no respeta el derecho de acceso a la justicia de la persona beneficiaria, por lo que en estos casos es justo aplicar el plazo de cinco años.

Esta decisión deriva de la revisión de un caso relacionado con un juicio promovido por la familia de una persona quien, a finales de 2018, al andar sobre una carretera federal, perdió la vida luego de ser atropellada por un automóvil que se dio a la fuga sin ser identificado.

Después de más de tres años la esposa e hijos de la persona fallecida, en su carácter de terceros beneficiarios, demandaron a la aseguradora con la que las instituciones a cargo de esa carretera tenían contratado un seguro por responsabilidad civil, con cobertura para el caso de que un usuario provocara el fallecimiento de un tercero.

La jueza mercantil emitió una sentencia en la que les dio la razón.