Día de Muertos 2025: ¿Cuánto te deben pagar si trabajas el 1 y 2 de noviembre según la LFT?

Cada año surge la misma duda entre las personas trabajadoras: ¿se debe trabajar o se cobra doble si se labora?


Día de Muertos
Trabajar el 1 y 2 de noviembre: conoce si te toca pago doble por Día de Muertos | Foto: Cuartoscuro.com

La festividad del Día de Muertos en México, que se celebra el 1 y 2 de noviembre, suele generar confusión entre las personas trabajadoras sobre si deben laborar o si tienen derecho a pago doble.

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Aunque es una de las tradiciones más importantes del país, la legislación laboral aclara que no son días de descanso obligatorio.

Lo que marca la Ley Federal del Trabajo

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los días de descanso obligatorio están definidos de forma específica, y el Día de Muertos no figura en la lista oficial. Esto significa que las empresas pueden operar con normalidad y las jornadas laborales deben cumplirse como cualquier otro día ordinario.

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Diferencia entre día festivo cultural y descanso obligatorio

Aunque el Día de Muertos es una fecha de gran valor cultural y simbólico, la ley diferencia entre un “día festivo cultural” y un “día de descanso obligatorio”.

Solo estos últimos implican derecho a no trabajar o a recibir pago doble si se labora. Por tanto, el 1 y 2 de noviembre no generan automáticamente beneficios laborales adicionales.

Fechas que sí son de descanso obligatorio

El artículo 74 de la LFT establece que los días oficiales de descanso incluyen:

  • 1 de enero
  • Primer lunes de febrero por el 5 de febrero
  • Tercer lunes de marzo por el 21 de marzo
  • 1 de mayo
  • 16 de septiembre
  • Tercer lunes de noviembre por el 20 de noviembre
  • 25 de diciembre

Como se puede observar, ninguno de los días del Día de Muertos aparece en esa lista.

¿Se debe trabajar el 1 y 2 de noviembre?

En consecuencia, las personas trabajadoras pueden ser requeridas para laborar esos días sin que el empleador tenga obligación legal de pagar un extra o conceder el día libre. La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) aclara que el pago debe ser el habitual, salvo en casos especiales.

Excepción: si el 2 de noviembre cae en domingo

Existe una excepción parcial si alguna de las fechas coincide con un domingo, como sucede en 2025. En este caso, se aplica la prima dominical del 25% sobre el salario diario.

Es decir, si un trabajador gana 400 pesos diarios, por laborar el domingo 2 de noviembre debe recibir 500 pesos en total, incluyendo la prima correspondiente.