Difieren especialistas y legisladores sobre amparos contra Reforma Judicial

Juristas aseguran que no proceden; otros aseguran que sí se puede impugnar el proceso legislativo



Foto: Laura Lovera / El Sol de México

Las tres suspensiones otorgadas por jueces federales contra la Reforma Judicial que se discute en el Congreso de la Unión siguen causando polémica y opiniones divididas entre juristas y los legisladores federales, aunque el proceso legislativo no se ha detenido.

El doctor en derecho, Jaime Miguel Moreno Garavilla, consideró que está claramente establecido en la ley que no procede el amparo contra reformas constitucionales, porque el legislativo es el único facultado para hacer modificaciones legales.

El catedrático de la UNAM, consideró que los jueces que emitieron estas suspensiones violaron la propia Constitución y lamentó que desde el propio poder Judicial se incurra en esta práctica.

“De ninguna manera procede la suspensión al proceso de reforma constitucional que se sigue en estricto apego al mandato de nuestra Ley Suprema. Incalificable violación a diversos de sus preceptos (39,41,49,71,72,135) cometida nada menos que por nuestro Poder Judicial Federal”, sentenció.

A su vez, el doctor Diego Valadés consideró que no es correcto que estos jueces, además en paro de labores, hayan concedido estas suspensiones y consideró que no se debe empañar el proceso.

“Esa resolución es un hecho inédito y sin fundamento jurídico. La defensa de la independencia judicial no debe verse empañada por decisiones carentes de sustento en la Constitución y en la ley”, dijo en un mensaje en su cuenta de la red social X.

SI PROCEDEN

En contraposición, el jurista, Francisco Burgoa, aseguró que estas suspensiones otorgadas por al menos dos jueces tienen que respetarse y en todo caso pueden ser recurridas ante el mismo poder Judicial.

Aseguró que los mandatos judiciales son de aplicación obligatoria y por tanto se tendría que detener este proceso legislativo, pero ha habido un desprecio a estos mandatos judiciales.

“Aunque haya discrepancia sobre los recursos jurídicos, se tiene que acatar, habrá una discusión que puede llegar hasta la Corte, podría generar un vicio grave y podría anular el proceso de la aprobación”, precisó.

El abogado consideró que el contenido de la reforma si tiene una prohibición respecto del amparo, pero el proceso para hacer la reforma constitucional sí puede ser suspendido, porque el Congreso es parte de un poder revisor. “La discusión será sumamente interesante, la Corte podrá discutir violaciones al procedimiento legislativo por la violación de un amparo”, sentenció.

DIFIEREN DIPUTADOS

En tanto, la diputada Dolores Padierna consideró que la admisión de las demandas de amparo, la emisión de las suspensión y sus consecuencias, promovidos por los juzgados tercero de Chiapas y quinto de Morelos, para que el Congreso de la Unión, mediante sus dos cámaras, y la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados, así como las legislaturas de los estados no continúen con la discusión y aprobación de reformas a la Constitución relativas al Poder Judicial, ofenden a la propia Constitución, agravan la parcialidad de los jueces y no tienen el más mínimo respeto a la técnica de amparo.

Dijo que el amparo procede contra actos u omisiones concretos que afecten a una persona y es este caso, la demanda de amparo se duele de un proceso legislativo. “Ninguno de los actos del procedimiento legislativo puede afectar a una persona. Pensar que un proceso legislativo ataca los derechos de una persona y que admite ser analizado por el juicio de amparo, es tanto como permitir paralizar toda la actividad legislativa con la sola presentación del amparo”, sentenció.

Indicó que, en el caso del amparo a leyes, éste se interpone una vez que el proceso legislativo culminó con la emisión de la ley a través de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

“La decisión de los jueces es política, vulnera la Constitución y pretende frenar la función del Poder Constituyente Original”, acotó.