Donatarias deben presentar su declaración anual antes del 17 de febrero

De no hacerlo pueden perder su autorización y ser multadas con 18,360 pesos



Foto: Cuartoscuro.com

Las organizaciones y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta (ISR), tienen hasta el próximo 17 de febrero como límite, para la presentación de la Declaración anual de ingresos y egresos correspondiente al ejercicio fiscal 2024.

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Su incumplimiento, recordó el Servicio de Administración Tributaria (SAT), puede propiciar, además de la pérdida de la autorización, en la imposición de una multa de 18 mil 360 pesos.

Asimismo, señaló que a partir de 2025, las donatarias que no dictaminen estados financieros deben incorporar en la declaración anual la información sobre su estado de situación financiera y su estado de actividades.

Indicó que la información proporcionada debe ser consistente con los registros y comprobantes fiscales que conforman la contabilidad de la organización.

El brazo fiscalizador del gobierno federal sostuvo que, cumplir con esta obligación fiscal es un requisito indispensable para mantener la autorización y garantizar la transparencia en el manejo de los recursos recibidos.

De acuerdo con la Ley de Ingresos de la Federación, los ingresos declarados por las donatarias son reportados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a las Comisiones de Hacienda y Crédito Público, de Presupuesto y Cuenta Pública, así como al Centro de Estudios de las Finanzas Públicas de la Cámara de Diputados.

El SAT reiteró su invitación a todas las asociaciones civiles, fundaciones y otras entidades sin fines de lucro, a cumplir con esta obligación, en tiempo y forma para continuar fortaleciendo la transparencia y confianza en el sector humanitario de nuestro país.

Para mayor información o para consultar la Guía de llenado, se puede acudir al minisitio de Donatarias Autorizadas en la siguiente liga:
http://omawww.sat.gob.mx/donatariasautorizadas/paginas/index.html.