El GCDMX ha sancionado a más de 10 mil automovilistas por invadir el carril confinado del Metrobús

4, enero 2024

PILAR MANSILLA

Foto: Mario Jasso/Cuartoscuro.com

Durante el 2023, la Secretaría de Seguridad Ciudadana multó a 10 mil 904 automovilistas que invadieron los carriles confinados del Metrobús, por lo que el titular de la dependencia, Pablo Vázquez Camacho descartó que haya algún tipo de impunidad por este tipo de delitos.

“Hay una gran actividad en contra de eso, el año pasado se aplicaron 10 mil 904 multas que van desde los cuatro mil 149 pesos a los seis mil 224 pesos y se han llevado vehículos al depósito vehicular” y en caso, aclaró de que no sea detenida la persona en el momento, “siempre hay una forma de tener un responsable”.

Y es que, el gobierno de la Ciudad de México, a través de las secretarías de Seguridad Ciudadana y de Movilidad, junto con el apoyo del sistema del Metrobús, se implementaron diversas acciones para que los conductores que invadan el carril confinado y no son detenidos en el momento, puedan recibir la sanción correspondiente y tengan que hacer frente al pago de la multa al momento de realizar algún trámite como es el pago de la tenencia, verificación, entre otros casos.

 

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Para lograr sancionar a quien lo utilice con el propósito de avanzar más rápido o intente dar una vuelta prohibida por donde pasa el Metrobús, las autoridades capitalinas instalaron arcos de infracción, radares móviles, cámaras de autobuses, además de la realización de operativos “en puntos estratégicos” donde detectan que los automovilistas invadieron el carril confinado.

De acuerdo con el Reglamento de Tránsito, en el Artículo 11 se establece que los conductores, de cualquier tipo de vehículo, no pueden circular sobre los carriles exclusivos para el transporte público en el sentido de la vía o en contraflujo.

Señala que los vehículos que cuenten con la autorización, como ambulancias, bomberos, patrullas o aquellos que estén identificados para atender una emergencia, además de que requieren de una autorización, para poder transitar por ellos, deberán conducir con los faros delanteros encendidos y contar con una señal luminosa de color ámbar, para realizar maniobras de ascenso y descenso de personas, o maniobras de carga y descarga de mercancías, debiendo realizarlas en calles locales transversales.

Si es necesario que por alguna emergencia deban utilizar el carril y detenerse, “de forma inmediata se debe retirar el vehículo a un lugar distinto donde no obstruya la circulación”.

Los motociclistas también son acreedores a sanciones en caso de invadir el carril, por lo que serán acreedores a una multa de entre 20, 25 o 30 veces la Unidad de Medida y serán penalizados con el retiro de tres puntos a la licencia para conducir o en caso de infracciones captadas a través de sistemas tecnológicos se sancionará con un punto a la matrícula vehicular.

En caso de que algún automovilista que ha invadido el carril confinado y no sabe si fue registrado su automóvil, a través de la página https://data.finanzas.cdmx.gob.mx/consulta_adeudos podrá saber si fue infraccionado.