El Infonavit debe informar sobre cuántos créditos hay catalogados como “deudas impagables”

También debe precisar la definición de “deuda impagable” y las acciones que un derechohabiente puede implementar cuando su deuda sea impagable



Cuartoscuro.com

Uno de los principales organismos que deben beneficiar a los trabajadores del país es el Infonavit, al cual, el Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), le ordenó que debe dar a conocer el número de derechohabientes que cuentan con un crédito catalogado como “deuda impagable” desglosado por estado al 24 de marzo de 2024.

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Asimismo, el Infonavit (Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores) debe dar a conocer la definición de “deuda impagable”, los criterios utilizados para catalogarla de tal manera y las acciones que un derechohabiente puede implementar cuando su deuda sea impagable.

Ello, luego de que la información la solicitó una persona que se inconformó con la primera respuesta del Infonavit y acudió al INAI porque el instituto de vivienda no atendió cada uno de sus requerimientos.

El caso, turnado a la ponencia de la comisionada Norma Julieta del Río Venegas determinó que la búsqueda de información hecha por el Infonavit no fue exhaustiva ni congruente y que las Subdirecciones Generales de Gestión de Cartera, de Planeación Financiera y Fiscalización y de Crédito pueden dar respuesta puntual a la solicitud de información.

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“Que una persona cuente con información útil sobre la deuda de su crédito hace la diferencia entre que pueda o no conservar su patrimonio”, advirtió la comisionada del Río.

Por ello, aseveró que “este recurso muestra con claridad la importancia del acceso a la información como llave o puente para garantizar otros derechos, en este caso el de la vivienda”.

El Pleno del INAI modificó por unanimidad la respuesta del Infonavit y le instruyó hacer una búsqueda exhaustiva con un criterio amplio en todas sus áreas competentes.