El Vaticano fortalece las reglas sobre abuso sexual

2, junio 2021

La pederastia será delito contra la dignidad de personas y quien lo comenta puede derivar en la expulsión de la iglesia  

CIUDAD DEL VATICANO.- El papa Francisco ha reformado el Libro VI del Código de Derecho Canónico sobre las sanciones penales en la Iglesia (católica) y ha introducido la pederastia como delito contra la dignidad de las personas, informó el Vaticano.

Uno de los puntos clave de esta modificación es la referente a la pederastia como “un delito contra la dignidad humana” y que puede derivar en la expulsión del estado clerical.

Así lo especifica el artículo 1398, que dice que “sea castigado con la privación del oficio y con otras justas penas, sin excluir, si el caso lo requiriese, la expulsión del estado clerical, el clérigo” quien “comete un delito contra el sexto mandamiento del Decálogo con un menor o con persona que habitualmente tiene un uso imperfecto de la razón o a la que el derecho reconoce igual tutela”.

También quien “recluta o induce a un menor, o a una persona que habitualmente tiene un uso imperfecto de la razón, o a la que el derecho reconoce igual tutela, para que se exponga pornográficamente o para participar a exhibiciones pornográficas, tanto verdaderas como simuladas”

Y el que “inmoralmente adquiere, conserva, exhibe o divulga, en cualquier forma y con cualquier instrumento, imágenes pornográficas de menores o de personas que habitualmente tienen un uso imperfecto de la razón”.

El Libro VI es uno de los siete que forman el Código de Derecho Canónico y su modificación entrará en vigor a partir del próximo 8 de diciembre.

“Para responder adecuadamente a las exigencias de la Iglesia (católica) en todo el mundo resultaba evidente la necesidad de revisar también la disciplina penal promulgada por san Juan Pablo II, el 25 de enero de 1983, con el Código de Derecho Canónico”, explicó el pontífice.

El trabajo de revisión se inició en 2007 con el papa emérito Benedicto XVI y concluye ahora, con un texto que “introduce cambios de diversa índole en el derecho vigente y sanciona algunas nuevas figuras delictivas”, en palabras de Francisco.

También se ha mejorado “desde el punto de vista técnico, especialmente en lo que se refiere a aspectos fundamentales del derecho penal, como el derecho de defensa, la prescripción de la acción penal, una determinación más precisa de las penas”.

Ahora se ofrecen “criterios objetivos en la identificación de la pena más adecuada a aplicar en el caso concreto”, reduciendo la discrecionalidad de la autoridad, para favorecer la unidad eclesial en la aplicación de las penas, “especialmente para los delitos que causan mayor daño y escándalo en la comunidad”, añade el pontífice.

El presidente del Pontificio Consejo para los Textos Legislativos, Filippo Lannone, subrayó que la presencia en las comunidades de algunas situaciones irregulares y los recientes escándalos, derivados de los casos de pederastia, han llevado a revitalizar el derecho penal canónico, integrándolo con oportunas reformas legislativas.

Se incorporan al Código los delitos tipificados en los últimos años en leyes especiales, como el intento de ordenación de mujeres, el registro de confesiones y la consagración eucarística con finalidad sacrílega.

También algunos casos presentes en el Codex de 1917 que no fueron aceptados en 1983, como la corrupción en actos oficiales, la administración de sacramentos a sujetos a los que no se les pueden administrar, el encubrimiento a la autoridad legítima de cualquier irregularidad o censura en la recepción de las órdenes sagradas.

A todos ellos, se añaden algunos casos nuevos, como la violación del secreto pontificio, la omisión de la obligación de ejecutar una sentencia o decreto penal o la omisión de la obligación de notificar la comisión de un delito.

El texto contiene una adecuada determinación de las leyes penales que antes no existían, para poder dar una indicación precisa y segura a quienes deben aplicarlas. (EFE)