Elección judicial 2025: ¿quiénes pueden promover el voto y qué está prohibido?

Gobernación recordó las decisiones del Tribunal Electoral, que determinan lo que sí y lo que no puede hacerse durante las campañas de este proceso extraordinario



En la conferencia mañanera de la presidenta Claudia Sheinbaum, la secretaria de Gobernación, Rosa Icela Rodríguez, volvió a referirse a la elección judicial, que se llevará a cabo el próximo primero de junio.

“Recordemos a quién le corresponde promover este proceso electoral, pues el responsable no sólo es el INE (Instituto Nacional Electoral), sino, de acuerdo con la decisión del Tribunal Electoral, otros poderes también pueden promover la elección”.

Hay que recordar que esto es posible, explicó la funcionaria, por dos razones: “El Tribunal modificó el acuerdo emitido por el INE por el que se aprobaron los criterios que garantizan la equidad en las campañas y porque el propio Tribunal concluyó que, indebidamente, el INE determinó ser la única autoridad con atribuciones exclusivas para la promoción del voto”.

De esta manera, acotó Rodríguez, las instancias que podrán promover el voto, de acuerdo con la decisión de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), son: los poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y Judicial), los poderes estatales (sólo para los procesos locales), los organismos públicos locales electorales (OPLE) y los funcionarios públicos.

En este contexto, detalló la responsable de la política interior del país, lo que sí está permitido es promover el voto y la participación ciudadana, sin aludir a ningún candidato en específico, hacer campañas de comunicación social sin sesgo o apoyo a determinada candidatura, hacer campañas de orientación didáctica para informar la forma en que se podrá votar.

Lo que está prohibido, subrayó, es incluir imágenes, nombres o símbolos que identifiquen a funcionarios y candidatos en la propaganda. El gobierno federal tampoco puede promover las elecciones locales ni las autoridades locales promover la elección federal. Tampoco se pueden usar logos o colores institucionales y los candidatos en funciones no pueden participar en la propaganda institucional.

En cuanto a las reglas específicas de esta contienda extraordinaria, destacó que la promoción que haga la autoridad debe ser genérica, sin mencionar partidos o candidatos y pueden usarse recursos públicos siempre que estén destinados a la comunicación social; asimismo, los spots o publicidad en internet no deben identificar al órgano que los emite.

¿Cómo votar?

Rosa Icela Rodríguez explicó una vez más la manera de votar en la elección judicial del primero de junio.

Al llegar a la casilla, mencionó, el ciudadano recibirá seis boletas con distintos colores: morada para ministros de la Suprema Corte, azul para magistraturas del TEPJF, turquesa para magistraturas del Tribunal de Disciplina, salmón para magistraturas de salas regionales, rosa para magistraturas de circuito y amarilla para juzgados de distrito.

Cada boleta que recibe el votante contiene, en la parte superior, el cargo por el que se votará, y en la parte inferior vendrá el listado de candidaturas, ordenado alfabéticamente y dividido por género. Cada candidato estará designado con un número que antecede a su nombre y habrá recuadros rosas que identificarán el poder por el que es postulado cada candidato. Para elegir a su candidato preferido, en cada boleta habrá recuadros en blanco, que corresponden a la cantidad de candidatos que deberán elegirse y, para seleccionar la candidatura de preferencia, el votante deberá anotar el número que antecede a su nombre. Al final, recordó que el INE habilitó un micrositio (https://candidaturaspoderjudicial.ine.mx/) en el que el ciudadano encontrará información detallada sobre la elección y los candidatos.