En estas vacaciones de Semana Santa, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) recomienda a las personas consumidoras recibir información clara, veraz y comprobable, en especial sobre los términos y condiciones del contrato, así como el costo total del servicio, al contratar tiempos compartidos; “el proveedor no debe aplicar cargos sin consentimiento”.
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Al recordar cuáles son los derechos de los consumidores en este rubro, también precisó que un tiempo compartido es un sistema vacacional que, mediante el pago de una cantidad de dinero, permite acceder por intervalos de tiempo al uso periódico de las instalaciones de un desarrollo turístico.
El pago del hospedaje generalmente se hace por adelantado para utilizar a futuro algún hotel o condominio turístico. Por un precio fijo y una cuota anual de mantenimiento, se adquiere el goce de un periodo vacacional al año, tradicionalmente en base semanal.
En caso de que por causas no imputables al suministrador del tiempo compartido éste no pueda prestar el servicio, las y los consumidores tienen derecho a recibir alojamiento alternativo en el mismo destino, en un desarrollo de categoría y calidad similar o mejor.
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La Profeco destacó que “si no se brinda alojamiento alternativo, el proveedor deberá cubrir los gastos de traslado comprobables que haya realizado la persona consumidora para llegar al establecimiento, así como el de su regreso”.
Antes de firmar, es conveniente leer cuidadosamente y revisar que el proveedor que se elija tenga su contrato de adhesión registrado ante la Profeco, esto se puede hacer en la liga: https://rpca.profeco.gob.mx/.
Es importante no firmar cuando las y los consumidores identifiquen una cláusula que implique renunciar a su derecho de cancelación.
De igual forma, la instancia dependiente de la Secretaría de Economía observó que se debe tener en cuenta que la persona consumidora puede cancelar su contrato con el proveedor, siempre y cuando lo solicite dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firma. Transcurrido este plazo el proveedor podrá aplicar las penas convencionales establecidas en él.
Se aconseja revisar que el proveedor informe su nombre, razón social, domicilio completo en México, teléfono y correo electrónico, datos necesarios en caso de queja.
Y si las personas consumidoras quieren saber si el proveedor tiene quejas ante la Profeco lo pueden consultar en el Buró Comercial: https://burocomercial.profeco.gob.mx/.