AIDA RAMÍREZ
Foto: Cuartoscuro
Datos de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) señalan que, entre enero y agosto de este año, el Instituto Nacional de Migración (dependiente de la Secretaría de Gobernación) acumuló mil 37 quejas por posibles violaciones a los derechos de los migrantes.
Pero la entidad con el mayor número de quejas, esto es que se entiende que es por el cruce de la frontera, es Chiapas, con 230 que equivalen al 22.17 por ciento del total, señaló la comisionada del INAI, Norma Julieta del Río Venegas.
Lo anterior se desprende de la presentación de un caso, por el que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) ordenó ahora, a la Fiscalía General de la República (FGR), a asumir competencia e informar sobre las órdenes de aprehensión solicitadas y ejecutadas como parte de la investigación del accidente ocurrido el 9 de diciembre de 2021, en el kilómetro 6 de la carretera Tuxtla Gutiérrez–Chiapa de Corzo, en Chiapas, en el que fallecieron 53 personas migrantes y tres más resultaron lesionadas de gravedad.
Asimismo, señaló que la FGR deberá dar a conocer el número de la carpeta de investigación y los delitos tipificados.
Al presentar el caso ante el Pleno, la comisionada del Río Venegas subrayó que la población migrante enfrenta condiciones de alta vulnerabilidad y durante su trayecto se encuentra en riesgo de sufrir desde violaciones a sus derechos humanos hasta situaciones lamentables, como este hecho.
Señaló que con base en el comunicado 503/21, en el que la FGR informó de la atracción del caso del accidente referido, una persona, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, solicitó el informe público sobre las acciones realizadas; datos de la carpeta de investigación; órganos de investigación competentes; posibles delitos tipificados; el estatus de la carpeta.
También, se solicitó información sobre si se ejerció o no acción penal; si se solicitaron órdenes de aprehensión, cantidad de éstas y aquellas que fueron ejecutadas; la cantidad de víctimas directas, desglosado por nacionalidad, sexo y número de menores de edad, y el total de personas fallecidas, desglosadas por nacionalidad, sexo y edad.
En respuesta, la FGR señaló que la carpeta de investigación se inició el 10 de diciembre de 2021, su estatus es “en trámite” y los órganos de investigación competentes son la Unidad de Investigación de Delitos para Personas Migrantes en la Fiscalía Especializada en Materia de Derechos Humanos, e informó la cantidad de víctimas directas fallecidas desglosadas por sexo, rango de edad y nacionalidad.
Por cuanto hace a la información de la causa penal y el juzgado, así como de las órdenes de aprehensión, “la FGR se declaró incompetente y recomendó dirigir la solicitud al Poder Judicial de la Federación, pues sostuvo que el Ministerio Público únicamente es parte del proceso penal”.
Respecto al número de la carpeta de investigación y los posibles delitos tipificados, la Fiscalía reservó la información, argumentando que la indagatoria “se encuentra en trámite”.
Inconforme con la incompetencia y la reserva de información manifestadas, la persona solicitante presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual precisó que no es procedente la clasificación, pues los datos requeridos de la carpeta son alfanuméricos y cuantitativos.
Al analizar el caso, la ponencia de la comisionada Norma Julieta del Río Venegas determinó que la FGR sí es competente para conocer información relacionada con las órdenes de aprehensión solicitadas y ejecutadas, debido a que el Ministerio Público de la Federación es la instancia encargada de solicitar a la autoridad judicial las órdenes de aprehensión, reaprehensión o comparecencia y, de ser el caso, la cancelación de éstas.
También, concluyó que ni el número la carpeta de investigación y tampoco los delitos tipificados puede considerarse información clasificada, ya que su difusión no revelaría detalles de la indagatoria ni afectaría las acciones de prevención o persecución de los delitos.




