INE Ordena al PAN bajar de redes video con alusión a las elecciones de 2024

PATRICIA RAMÍREZ Foto: Cuartoscuro La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al PAN con motivo retirar de las redes sociales y en su página internet del evento denominado Cambiemos México ¡Sí hay de otra!, celebrado el 2 de octubre de 2022 en la Ciudad de México, en el cual participaron

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PATRICIA RAMÍREZ

Foto: Cuartoscuro

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó al PAN con motivo retirar de las redes sociales y en su página internet del evento denominado Cambiemos México ¡Sí hay de otra!, celebrado el 2 de octubre de 2022 en la Ciudad de México, en el cual participaron diversas personas servidoras públicas federales y locales postuladas por ese instituto político y en el que se hicieron diversas manifestaciones en relación con la elección federal a celebrarse en 2024.

Durante la sesión de este miércoles, los consejeros electorales hicieron un llamado a las y los actores políticos para que respeten los tiempos establecidos por la ley en materia de precampañas y campañas para 2024.

Al resolver dos solicitudes de medidas cautelares solicitadas por Morena, la Comisión hizo un llamado al PAN para que ajuste sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales.
Además, el llamado fue para los panistas Cecilia Asunción Patrón Laviada, Jorge Romero Herrera, Enrique Vargas del Villar, Romina Contreras Carrasco, Adriana Aguilar Ramírez, Laura Esquivel Torres, Lía Limón García, Mauricio Tabe Echartea, Santiago Creel Miranda, Mauricio Vila Dosal, María Eugenia Campos Galván, Juan Carlos Romero Hicks, Mariana Gómez del Campo y Xóchitl Gálvez Ruiz para que se apeguen al marco legal vigente.

Por cuánto a la denuncia del uso de recursos públicos, la Comisión no se pronunció, sino que será la sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), pero consideró que improcedente la tutela preventiva, pues se trata de hechos futuros de realización incierta ya que, bajo la apariencia del buen derecho, no existe una evidencia de que el PAN tenga planeado celebrar un evento de la misma naturaleza al denunciado.

No obstante, se consideró prudente emitir un pronunciamiento cuyos destinatarios son el PAN y diversas personas, para que en todo tiempo ajusten sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales, recalcando la obligación a su cargo de conducirse con imparcialidad y neutralidad a fin de no afectar en la equidad en la contienda, respetando los tiempos establecidos por la ley en materia de campañas y precampañas.

Por otro lado, la Comisión negó la medida cautelar solicitada por el PAN en contra de Armando Ayala Robles, Presidente Municipal de Ensenada, Baja California; José Gerardo Rodolfo Fernández Noroña, diputado federal, y quien resulte responsable, derivado de la realización de dos eventos proselitistas celebrados el 9 de octubre en el lobby del Ayuntamiento y en la colonia Oaxaca-Maneadero, en Ensenada, Baja California, así como su difusión en redes sociales.

Los consejeros consideraron improcedente la solicitud, al considerar que no se actualizan los elementos de urgencia, imperiosa necesidad o peligro en la demora para el dictado de una medida cautelar, si se toma en cuenta que, la posible afectación, incidencia o daño que alega el quejoso se materializaría o concretaría en un proceso electoral futuro cuyo inicio es temporalmente lejano; por lo que, la decisión acerca de la validez o no de las conductas denunciadas será objeto de pronunciamiento de fondo por parte de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.