Inicia el proceso para elegir al sustituto de Alejandro Gertz Manero en la FGR

El Senado de la República cuenta con un plazo de 20 días para presentar al Ejecutivo federal una lista de 10 candidatos



Una vez que el Senado de la República aprobó la renuncia de Alejandro Gertz Manero, el relevo en la Fiscalía General de la República activa uno de los procedimientos más relevantes del Estado mexicano: la selección de la persona que asumirá la conducción del órgano encargado de la persecución penal en todo el país. Lejos de ser un trámite político, el proceso está regulado por el artículo 102, Apartado A, de la Constitución, que establece tiempos estrictos, requisitos precisos y la intervención consecutiva del Senado y del Poder Ejecutivo.

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Una vez que se declara la ausencia definitiva del fiscal, el Senado dispone de 20 días para integrar y aprobar una lista de al menos 10 candidaturas. Este listado se envía a la titular del Ejecutivo Federal, quien cuenta con 10 días para devolver una terna construida a partir de las personas propuestas. Si el Senado no remite la lista en tiempo, el Ejecutivo puede enviar libremente la terna; y si es el Ejecutivo quien no envía la terna en el plazo señalado, el Senado está facultado para designar directamente a la persona fiscal a partir de la lista original.

Para competir por el cargo, los aspirantes deben cumplir con los requisitos constitucionales: ser mexicanas por nacimiento, tener al menos treinta y cinco años cumplidos, contar con título de licenciatura en derecho con una antigüedad mínima de diez años, poseer buena reputación y no haber sido condenadas por delito doloso. Además de la documentación legal, deben presentar un ensayo sobre los fenómenos delictivos que enfrenta el país y los elementos de su plan de persecución penal.

La Junta de Coordinación Política revisa expedientes y propone al Pleno la lista de candidaturas que será votada. Una vez que el Ejecutivo devuelve la terna, las tres personas propuestas comparecen ante el Pleno del Senado para exponer su proyecto de trabajo en intervenciones individuales. Concluidas las comparecencias, las senadoras y los senadores deliberan y votan por cédula. La designación requiere el respaldo de las dos terceras partes de los miembros presentes en la sesión.

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La persona elegida rinde protesta de ley ante el Pleno en la misma sesión, con lo que se formaliza su nombramiento al frente de la Fiscalía General de la República por nueve años.