Insta Profeco a que la recolección de datos biométricos sea opcional para los usuarios

Que no sea una condicionante para la contratación o prestación de servicios



Foto: Cuartoscuro

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) llama a todas las empresas de servicios y productos que hacen uso de aplicaciones tecnológicas, a que la recolección de datos biométricos de sus usuarios sea opcional y no una condicionante para la contratación o prestación de sus servicios.

Indicó que ha detectado que la práctica de solicitar los datos biométricos a los usuarios, sin la posibilidad de que ésta sea opcional, se ha incrementado en gimnasios, clubes deportivos, tiendas departamentales, así como en diversas aplicaciones móviles.


De ahí que, advirtió, dicha práctica puede infringir principios básicos en las relaciones de consumo establecidos en la Ley, como la seguridad y la libertad para elegir, así como la real y efectiva protección al consumidor en las transacciones efectuadas con el uso de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología.


El Reporte Global de Riesgos 2024 del Foro Económico Mundial identifica a los ataques cibernéticos como uno de los riesgos más importantes en el mundo. Por este motivo, cada vez son más frecuentes los hackeos y ciberataques a las bases de datos de las empresas, que afectan la seguridad de las y los consumidores.


Asimismo, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), indicó que en México, más de 97 millones de personas en 2023 usaban internet y teléfono celular; y el medio más común para acceder a internet fueron los teléfonos inteligentes, pues 95.5% de los usuarios solo utilizaba smartphone.
“Cabe subrayar que obligar a que los consumidores tengan que proporcionar sus datos biométricos a las empresas para poder contratar o hacer uso de sus servicios, sin la alternativa de no otorgarlos, puede constituir un método comercial coercitivo”, acusó la Profeco.


Ante los riesgos y amenazas de ciberseguridad, los datos biométricos de las y los consumidores mexicanos pueden verse comprometidos, por lo que el otorgamiento de los datos biométricos debe ser una decisión que recaiga en los consumidores y no una imposición que condicione la contratación o prestación de los servicios.


De igual forma, y ante el creciente número de usuarios de internet en México y el ascenso de operaciones de comercio electrónico, la protección de los datos de los consumidores está contemplada en la Ley Federal de Protección al Consumidor, por lo que las empresas de servicios y productos deben asegurarse de cumplir los principios básicos en las relaciones de consumo que la ley establece.


No obstante, precisó que esta medida no es aplicable para las instituciones de crédito reguladas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).


Pero las instancias en donde las personas deben permitir la toma de sus biométricos son el Servicios de Administración Tributaria (SAT), así como en su administradora de fondos para el retiro (Afore).