En la era de los pagos electrónicos, circulan numerosos mitos financieros que pueden generar confusión entre contribuyentes mexicanos. Uno de los más extendidos se relaciona con supuestos topes monetarios en transferencias bancarias que, según expertos, carecen de fundamento legal.
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Denisse del Castillo, socia fundadora de DCR Contadores y creadora del podcast ‘Y un día emprendí’, desmiente estas creencias erróneas, aclarando las verdaderas facultades del Servicio de Administración Tributaria.
La Realidad Legal: sin límites establecidos
Contrario a la percepción generalizada, no existe restricción legal respecto al monto de transferencias bancarias que pueden realizarse entre cuentas. Esta ausencia de límites no constituye, sin embargo, una carta blanca para movimientos financieros sin control.
“No hay una delimitación establecida, no es como ‘si depositas menos de tanto el SAT jamás te va a voltear a ver'”, explica la especialista fiscal, enfatizando que esta libertad operativa viene acompañada de responsabilidades tributarias.
El sistema de vigilancia fiscal opera mediante reportes bancarios automáticos cuando los depósitos en efectivo alcanzan 15,000 pesos mensuales de manera acumulativa. Este umbral aplica específicamente para:
- Depósitos en ventanilla bancaria
- Operaciones en cajeros automáticos
- Cobro de cheques en caja
Crucialmente, las transferencias electrónicas quedan excluidas de esta categorización, al no constituir operaciones en efectivo propiamente dichas.
El Artículo 2º de la Ley del Servicio de Administración Tributaria establece amplias facultades de fiscalización que permiten solicitar información bancaria sin necesidad de justificación previa. Esta normativa busca:
- Aplicar legislación fiscal y aduanera efectivamente
- Garantizar contribución proporcional al gasto público
- Fiscalizar cumplimiento de disposiciones tributarias
- Facilitar cumplimiento voluntario de obligaciones
- Generar información para política tributaria
Del Castillo advierte sobre una concepción errónea ampliamente difundida: “Las personas tienen esa idea de que si transfiero menos de 15 mil pesos no pasa nada, pero la realidad es que en las leyes fiscales no hay límites“.
Esta falsa seguridad puede llevar a contribuyentes a incumplir obligaciones fiscales, especialmente cuando generan ingresos por servicios o actividades comerciales que requieren registro ante el SAT.
Obligaciones Fundamentales Para Emprendedores
Independientemente del monto transferido, cualquier persona que genere ingresos mediante servicios o venta de productos debe:
- Darse de alta ante el SAT
- Declarar ingresos correspondientes
- Cumplir obligaciones tributarias desde el primer peso ganado
“Desde el momento en que generas una ganancia hay un pago de impuestos”, subraya la experta, eliminando cualquier zona gris respecto a responsabilidades fiscales.
La Ley de Ingresos ha intensificado la supervisión fiscal mediante reportes mensuales (anteriormente anuales) de depósitos bancarios, permitiendo al SAT mantener control preciso sobre movimientos financieros y cumplimiento tributario.
Esta modernización normativa refleja la evolución digital del sistema financiero y la necesidad de adaptación regulatoria correspondiente.

Foto: Canva 


