López Obrador vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral: TEPJF

12, enero 2024

PILAR MANSILLA

Foto: Galo Cañas/Cuartoscuro.com

El 1 de julio de 2023, el presidente Andrés Manuel López Obrador, vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda electoral, ya que “realizó promoción personalizada y usó indebidamente recursos públicos, durante su discurso en el “Quinto aniversario del triunfo del pueblo”; sin embargo, “no puede ser sancionado por infracciones electorales”.

Lo anterior fue determinado por la sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) una vez que se acreditaron conductas porque “la finalidad de ese discurso fue vincular su administración, logros y promesas de gobierno para lograr simpatía y adhesión por parte de la ciudadanía”.

 

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El Pleno, al ordenar que se debe informar a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral, precisó que “se manifestó contra fuerzas políticas distintas a aquellas que lo postularon para ocupar la titularidad del Ejecutivo federal, conducta que pudo influir en las preferencias electorales”.

Los magistrados, al señalar que la Unidad Técnica deberá determinar si procede o no iniciar un procedimiento especial sancionador “para investigar si los titulares de la Coordinación de Comunicación Social de Presidencia, y del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (CEPROPIE) incurrieron en alguna infracción electoral, detalló que al primer Mandatario solo se le podrá declarar su responsabilidad en atención a los criterios fijados por la Sala Superior del Tribunal.

En cuanto a la acusación que se hizo en contra del gobernador de Alfonso Durazo, resolvieron que “no incurrió en actos anticipados de precampaña y campaña, ni usó indebidamente recursos públicos” cuando dio a conocer los resultados de la encuesta para elegir a quien sería el coordinador de los comités de defensa de la cuarta transformación, en el que fue electa Claudia Sheinbaum Pardo.

“No se detectaron llamados a votar expresos o a través de equivalentes funcionales en favor o en contra de alguna persona o fuerza política; las prerrogativas de Morena se emplearon para la realización del acto intrapartidista y tampoco hubo uso de recursos materiales por el empleo de la red social del Ejecutivo local, porque el contenido de las publicaciones no resultó infractor”, resolvió.

Sin embargo, la que sí fue sancionada por un monto de siete mil 261.80 pesos fue la precandidata a la presidencia de la República, Xóchitl Gálvez por haber difundido en su red social de Facebook propaganda política con la imagen de una niña, sin proteger su rostro ni contar con los permisos para mostrarlo, con motivo de su participación en el proceso partidista donde resultó representante del “Frente Amplio por México”.

Por este acto y “faltar a su deber ciudadano”, los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática fueron multados con 41 mil 496 pesos cada uno”.

Finalmente, se aprobaron tres cumplimientos de sentencias que también incluyeron la aplicación de multas para Gálvez Ruiz por difundir propaganda que vulneró el interés superior de la niñez y a esas fuerzas políticas por faltar a su deber de cuidado, por lo que fue multada con 11 mil 930.10 pesos y PAN, PRI y PRD, con 41 mil 496 pesos cada uno.