Mayo y junio, meses para cumplir con reparto de utilidades

AIDA RAMÍREZ Foto: Cuartoscuro La Secretaría del Trabajo (STYPS) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordaron a los empleadores que tienen hasta el 29 de junio próximo para pagar las utilidades generadas durante 2022, a sus empleados. Señalaron que el reparto de utilidades es un derecho constitucional establecido en el artículo 123 que reconoce

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CHICHEN ITZÁ, PISTE, YUCATÁN, 11FEBRERO2023.- A unos 800 metros del castillo principal de esta zona arqueológica se encuentra el grupo conocido como Serie Inicial, un espacio que se encuentra cerrado al público y en el cuál empleados del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) realizando trabajos de exploración, mantenimiento y restauración del sitio conocido como la “Vieja Chichen Itzá”.  El arqueólogo José Francisco Osorio León, comentó que se ha encontrado infinidad de elementos decorativos que se asocian cada vez más a las actividades y rituales que hacía el gobernante que residía en el Palacio de los Falos de esta Serie Inicial. La zona pertenece al periodo Postclásico de los años 800 a 1,050 y se trabaja desde hace unos 10 años, los equipos espera que el próximo año pueda ser abierta al público. FOTO: MARTÍN ZETINA/CUARTOSCURO.COM

AIDA RAMÍREZ

Foto: Cuartoscuro

La Secretaría del Trabajo (STYPS) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordaron a los empleadores que tienen hasta el 29 de junio próximo para pagar las utilidades generadas durante 2022, a sus empleados.

Señalaron que el reparto de utilidades es un derecho constitucional establecido en el artículo 123 que reconoce que el trabajo es determinante en la generación de las ganancias de las empresas, y que los trabajadores deben recibir anualmente una parte proporcional de las mismas.

En este sentido, precisó que las utilidades se determinan por la mitad de los días trabajados, mientras que la otra mitad corresponde al monto de los salarios percibidos.

Una vez que las empresas presentan la declaración anual, los empleadores están obligados a repartir las utilidades, y para ello hay dos formas: si es persona moral, del 1 de abril al 30 de mayo; y si es persona física, del 1 de mayo al 29 de junio.

 

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A este reparto de utilidades tienen derecho todos los trabajadores y extrabajadores de planta y eventuales que laboraron al menos 60 días durante el año; los considerados en servicio activo; quienes tienen incapacidad temporal, así como con licencia de maternidad.

No obstante, la Secretaría del Trabajo precisó que los empleados cuentan hasta con un año para solicitar las utilidades.

En caso de que los trabajadores no reciban las utilidades en la fecha correspondiente, deben enviar su denuncia al correo inspeccionfederal@stps.gob.mx

El derecho de las personas trabajadoras en las utilidades de las empresas es un mecanismo que estimula la productividad, ya que se concibe como una retribución al esfuerzo.

Además, afirmaron, “contribuye a generar mejor distribución de la riqueza y mayor justicia social”.