El ministro Juan Luis Alcántara Carrancá, a quien se le turnaron las controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad y consulta de jueces, magistrados y trabajadores del poder Judicial hizo público su proyecto de sentencia, en el que declara inválidos algunos artículos de la reforma constitucional en materia del poder Judicial.
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Con este proyecto, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) podrían ser electos en las urnas, pero no así los jueces y magistrados.
En respuesta a las impugnaciones presentadas por partidos políticos como el PRI, PAN y Movimiento Ciudadano, el ministro precisó que no existen las condiciones mínimas de certeza y legalidad para la elección de alrededor de mil 700 jueces y magistrados, por lo que resulta inviable en estas circunstancias.
“El sistema analizado no genera las condiciones mínimas de seguridad jurídica requeridas en cualquier sistema democrático. No existe certeza para los aspirantes al cargo de las cualidades que resultarán, en última instancia, definitorias para alcanzar a ser incluido en las listas”, señala el documento hecho público este lunes.
Además, consideró que no existe certeza para las personas sobre los perfiles de las personas juzgadoras que, el día de mañana, impartirán justicia y dirimirán conflictos sobre sus derechos, sus obligaciones y sus libertades, lo que atenta contra sus derechos fundamentales.
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Asimismo, el ministro plantea eliminar los comités evaluación, porque no dan certeza al proceso de la selección de candidatos a cargos de jueces y magistrados.
Señala que es claro que tanto el sistema de postulación de candidaturas como el sistema de listas generado para la votación, corrompen los fundamentos de la República representativa y democrática.
En el caso de los jueces y magistrados en funciones, argumentó que es inconstitucional privarlos de su derecho al trabajo y también consideró inválida la figura de los llamados jueces sin rostro.

Foto: Cuartoscuro.com 


