Necesario reforzar instituciones para buscar a personas desaparecidas en México: ONU-DH

16, enero 2024

PILAR MANSILLA

Foto: Cuartoscuro.com

A seis años de que entró en vigor la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, es necesario reforzar a las instituciones que se encarga de realizar la investigación penal de las personas desaparecidas, de búsqueda, así como de expedir y herramientas, registros, bases de datos y se garantice la participación de los familiares de las víctimas.

Lo anterior, lo afirmó la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ONU-DH) al señalar que esta se logró debido al trabajo que hicieron las familias ya que “contó con notables niveles de deliberación, participación, lo que permitió, indicó, alcanzar “un alto respaldo político”.

Expuso que el 2024, “además de marcar el sexto aniversario de la entrada en vigor de la Ley General, es un año en el que se celebrarán elecciones federales y estatales. Desde ONU-DH alentamos a todos los actores políticos a asumir el compromiso de impulsar una política de Estado en materia de desaparición de personas, escuchando con atención y respeto la voz de las víctimas. La unidad de propósitos y la convergencia de voluntades es indispensable para enfrentar el gran desafío”.

 

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Precisó que “gracias a la Ley y a la voluntad política de algunas autoridades se han dado importantes cambios en la atención de las desapariciones, mismos que deben expandirse, consolidarse y fortalecerse, a nivel federal y local, sobre la base del principio de progresividad y no regresión”.

Al recomendar que se expidan el Programa Nacional de Exhumaciones e Identificación Forense, el Reglamento de la Ley General y el Reglamento de la Comisión Nacional de Búsqueda, advirtió que es necesario que se garantice el funcionamiento del Banco Nacional de Datos Forenses, del Registro Nacional de Personas Fallecidas No Identificadas y No Reclamadas, y del Registro Nacional de Fosas Comunes y de Fosas Clandestinas.

Advirtió que, de lo contrario, con la ausencia o la falta de operación íntegra de dichos instrumentos establecidos en la Ley General “ha socavado la viabilidad de localizar a las personas desaparecidas y sancionar a los responsables del delito”.

La ONU-DH al considerar que la investigación penal y la atención a las víctimas “debe afianzarse” resaltó la importancia de que se cuenten con estructuras y equipos óptimos, con los que se pueda dar certeza de “amplificar y dar sostenibilidad a los esfuerzos realizados, ya que, si no se cuenta con una institucionalidad robusta, la carga continuará recayendo indebidamente en las familias y algunos de los avances podrían revertirse o colocarse en riesgo”.

Señaló que el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas debe ser una fuente de certeza, cohesión, colaboración e impulso para la búsqueda, por lo hizo un llamado “para que todos los esfuerzos de actualización del Registro Nacional sean transparentes; cuenten con una metodología clara y del conocimiento público; se ajusten a la dispuesto en la Ley General y en los protocolos vigentes; se realicen con independencia, objetividad e imparcialidad; sean liderados por las autoridades especializadas en la materia; aseguren la fiabilidad, completitud, integridad y protección de la información recabada; albergan información desagregada; eviten la revictimización, y garanticen la participación de las víctimas”.