Notifica INE al PRD periodo de prevención por perdida de registro

Se le ordena suspender pagos, contrataciones y adquisiciones, excepto nómina e impuestos



Foto: Cuartoscuro.com

El Instituto Nacional Electoral (INE) notificó formalmente al Partido de la Revolución Democrática (PRD) que iniciará el proceso para su extinción, luego de que no logró por lo menos el 3 por ciento de los votos en las elecciones de presidencia de la República, Senado o Cámara de Diputados en las elecciones del pasado 2 de junio.

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Luego del término de los cómputos distritales, el partido fue informado que entró en periodo de prevención, conforme al artículo 94 de la Ley General de Partidos Políticos, que establece que una fuerza partidista entra en un periodo de prevención cuando se ubica en alguno de los supuestos de pérdida de registro como partido político nacional. De esta manera se inicia el procedimiento considerado en el Reglamento de Fiscalización, relativos al procedimiento de liquidación, compuesto por las etapas de prevención y, en su caso, liquidación.

El periodo de prevención inicia a partir de que, de los cómputos que realicen los consejos distritales se desprende que un partido político nacional o local, no obtuvo el 3 por ciento de la votación y hasta que, en su caso, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirme la declaración de pérdida de registro.

Por ellos, a partir de ahora el PRD solo podrán pagar gastos relacionados con la nómina e impuestos y deberá suspender cualquier pago a proveedores o prestadores de servicios.

Además, no podrá celebrar contratos, compromisos, pedidos, adquisiciones u obligaciones y las que celebre, adquiera o realice, serán nulas. También se le advierte que deberá suspender pagos de obligaciones vencidas y abstenerse de enajenar activos del partido político.

Asimismo, deberá abstenerse de realizar transferencias de recursos o valores a favor de persona alguna, independientemente de que se trate de sus trabajadores, dirigentes, militantes, simpatizantes o cualquier otro tercero.

Deberá entregar de manera formal, a través de acta de entrega recepción al interventor, describiendo a detalle los activos y pasivos que constituyen el patrimonio del partido, así como las contingencias de las que se tenga conocimiento y no podrá realizar actividades distintas de las encaminadas a la recuperación de cuentas y a hacer líquido su patrimonio.

La Comisión de Fiscalización deberá designar en los próximos días a la persona que fungirá como interventora en el procedimiento de liquidación.