El juez cuarto de distrito en materia administrativa de la Ciudad de México volvió a rechazar una queja del Congreso de la CDMX y le dio un plazo de 10 días para cambiar el uso de suelo del predio de Montes Apalaches 525, que se encuentra dentro del bosque de Chapultepec.
LEE ADEMÁS: Verificación vehicular CDMX abril 2025: Fechas y requisitos según color de engomado
El Congreso recibió ya la resolución de este juez, que advirtió que de no cumplirse su instrucción los 66 diputados locales se harán acreedores a una multa de alrededor de 5 mil 500 pesos.
El caso, que data hace tres décadas, sigue en litigio, luego de que desde la Legislatura pasada el Congreso local recibió apercibimientos de este mismo juzgado para cambiar el uso de suelo de este predio de 5 hectáreas, que está declarado como zona de valor ambiental, por encontrarse dentro del bosque de Chapultepec y donde se pretende construir torres de edificios.
De acuerdo con la notificación remitida por el área jurídica a la presidencia de la mesa directiva, este juez rechazó la queja del propio Congreso y refrendó la obligación de los diputados locales de acatar el amparo ganado por la inmobiliaria Trepi.
LEE ADEMÁS: Semana Santa 2025: Costo de casetas y gasolina para viajar de CDMX a Tecolutla
“El Congreso de la Ciudad de México está vinculado y obligado a autorizar el cambio de uso de suelo en el programa delegacional, pues, se insiste, debe hacerlo directamente en acatamiento a las diversas actuaciones tomadas en este juicio de amparo… Por lo anterior, se apercibe a cada uno de los diputados integrantes del Congreso de la Ciudad de México, como autoridades como responsables, que de no cumplir con lo anterior les será impuesta, a cada uno, una multa por el equivalente a cincuenta veces la Unidad de Medida У Actualización”, puntualiza el documento turnado a la Junta de Coordinación Política para su análisis legal.
La resolución señala además que de persistir el incumplimiento se remitirán los autos a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para que determine la procedencia de la aplicación de la destitución de los legisladores locales.
Este caso se remonta a 1992, cuando el entonces Departamento del Distrito Federal expropió el terreno ubicado en Montes Apalaches 525, declarándolo área de valor ambiental.
No obstante, la inmobiliaria argumenta que la indemnización correspondiente nunca se pagó, ni se dio mantenimiento al predio para su conservación como zona ecológica.