Ordena la Corte entregar informes sobre monitoreo epidemiológico

1, febrero 2024

PATRICIA RAMÍREZ

Foto: Suprema Corte de Justicia de la Nación

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la Secretaría de Salud, por conducto de la dirección general de Epidemiología, deberá entregar la información concerniente a los informes diarios de monitoreo epidemiológico, informes diarios de riesgos estatales y monitoreo de medios.

Esto, al rechazar el recurso de revisión en materia de seguridad nacional prevista en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, promovido por la consejería jurídica del Ejecutivo, en contra de una resolución del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

 

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La Corte determinó que la información solicitada no implica un riesgo o amenaza a la seguridad nacional, pues no obstaculiza o bloquea actividades de inteligencia sobre acciones tendientes a combatir epidemias o enfermedades exóticas, en específico, el Covid-19.

Los ministros señalaron que la autoridad a quien le fue requerida la información no puede ser considerada como una instancia de seguridad nacional, pues la clasificación de la información pública depende de su contenido y no del sujeto que la emite o las atribuciones de este.

Además, los datos solicitados son de dominio público, pues se trata de una compilación de hechos de los cuales tiene conocimiento la población en general e incluso, parte de la información es una compilación de notas periodísticas.