Qué pueden y qué no hacer los precandidatos a cargos de elección popular en la intercampaña

17, enero 2024

PILAR MANSILLA

Foto: Mario Jasso/Cuartoscuro.com

El Instituto Nacional electoral dio a conocer que en la etapa de intercampaña que iniciará el 19 de enero y concluirá el 29 de febrero, los precandidatos a cargos de elección popular no podrán aparecer en spots, debates, mesas redondas o en programas de radio donde se hagan análisis, “en donde esté más de un candidato presente”.

La autoridad electoral, en la búsqueda de que haya una equidad en la contienda electoral rumbo al 2 de junio, aclaró que “sí se permite la difusión de propaganda política, la cual tiene como finalidad presentar la ideología, principios, valores o programas de un partido político en general, para generar, transformar o confirmar opiniones a favor de ideas y creencias; o bien, invitar a la ciudadanía a formar parte del mismo, con el objeto de promover su participación en la vida democrática del país o incrementar el número de sus afiliado”.

Sin embargo, aclaró que esta publicidad deberá estar apegada a la imagen del partido político y sus postulados esenciales, como son los Documentos básicos, Declaración de principios y el Programa de Acción.

Señala también que en los promocionales de radio y televisión se podrá hacer referencias a temas de interés general y con carácter informativo, “siempre y cuando no se haga uso explícito de llamados a votar, a favor o en contra, o referencias expresas a candidaturas y la plataforma electoral del partido político que difunde el promocional”.

Resaltó que alusiones genéricas “al cambio o continuidad de una política pública no supone una afectación grave o irreparable al principio de equidad en la contienda electoral, en tanto que no es un llamamiento al voto”.

 

Qué serán considerados actos anticipados de campaña en este periodo

El INE planteó tres puntos fundamentales como son el elemento personal y deberán realizarlo los partidos políticos, militantes, aspirantes, precandidatos o candidatos.

Un elemento temporal: que acontezcan antes, durante o después del procedimiento interno de selección de candidatos y previamente al registro constitucional de candidaturas;

Un elemento subjetivo: que tengan el propósito fundamental de presentar la plataforma de un partido político o coalición, o promover una candidatura para obtener el sufragio de la ciudadanía en la Jornada Electoral.

 

Qué pueden hacer los medios de comunicación

Podrán realizar entrevistas y difundir piezas noticiosas sobre los partidos políticos, coaliciones, precandidaturas y candidaturas postuladas, con respeto absoluto a la equidad y a las disposiciones sobre la compra o adquisición de tiempo aire en la radio y la televisión y, finalmente, podrán asistir los precandidatos y candidatos a actos privados, reuniones para exponer temas generales y de interés público, mientras no llamen al voto.