Quienes no hayan presentado su declaración anula podrán ser sancionados con multas de más de 36,000 pesos

El 30 de abril concluyó el plazo para las personas físicas



Foto: SAT

Este miércoles 30 de abril concluyó el plazo para que las personas físicas presentaran su declaración anual 2024, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puede iniciar la aplicación de sanciones y multas que superan los 36 mil pesos.

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Y es que los montos por incumplimiento varían según el tipo de omisión, por lo que la sanción puede ser desde los mil 400 pesos hasta los 36 mil 740 pesos, de acuerdo con el Código Fiscal de la Federación (CFF), que la multa máxima por no presentar la Declaración Anual antes del 1 de mayo.

El monto aplica por la omisión del trámite o su presentación fuera del plazo legal; pero la sanción puede variar dependiendo del tiempo de retraso en la entrega de la declaración; si hubo un requerimiento previo por parte de la autoridad fiscal; y la existencia de otros incumplimientos fiscales.

Y es que, la declaración anual es un trámite obligatorio en el que los contribuyentes reportan ingresos, deducciones, retenciones y pagos hechos durante el año fiscal anterior, por lo que su omisión o presentación fuera de plazo puede derivar, además de las sanciones económicas, en recargos diarios, intereses moratorios y otras consecuencias fiscales, por lo que el costo puede incrementarse con el paso del tiempo.

Asimismo, el brazo recaudador del gobierno federal puede retener la devolución automática en caso de que haya un saldo a favor, y comenzar una auditoría si detecta una omisión reiterada.

Cabe señalar que, aún concluido el plazo oficial, todavía los contribuyentes pueden presentar la declaración anual 2024, esto es, de forma extemporánea a través del sitio web del organismo dependiente de la Secretaría de Hacienda.

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Aunque para quienes enfrentan dificultades económicas, el organismo ofrece alternativas como pagos en parcialidades; programas de regularización y asesoría gratuita en oficinas o en línea.

La presentación de la declaración aplica para las personas físicas que durante el año tuvieron más de un patrón; recibieron ingresos por honorarios, rentas o plataformas digitales; trabajaron por sueldos y salarios, actividad empresarial, enajenación de bienes, intereses, dividendos u otros conceptos señalados por la ley, y buscan devolución de impuestos, entre otros.

Hasta las primeras horas de este miércoles, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer que se habían pagado 27 mil 212 millones de pesos por devoluciones de saldo a favor.

Además, con corte a las 8:00 horas, se habían presentado 10 millones 409 mil 359 declaraciones de personas; es decir, 801 mil 855 más que en el mismo periodo del año anterior, lo que representa un incremento de 8.0 por ciento.

De esa cifra, seis millones 632 mil 418 solicitaron saldo a favor. Y hasta ese momento, se indicó que las autoridades tributarias habían revisado cuatro millones 661 mil 948 declaraciones, lo que representaba 70.2% del total.

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“Este organismo ejerce sus facultades para llevar a cabo una revisión detallada de la información proporcionada en las declaraciones, por lo que actualmente el tiempo promedio en que se hace la devolución es de ocho días hábiles, plazo mucho menor al que establece el Código Fiscal de la Federación, que es de 40 días hábiles posteriores a la solicitud”.

Si no sabe si debía declarar, puede ingresar su RFC en el portal del SAT o llamar al 55 627 22 728 para pedir orientación.