Recauda SAT en primera mitad de 2023 por plataformas, el doble de 2020

25, julio 2023

AIDA RAMÍREZ

Foto: Cuartoscuro

Gracias a que el comercio electrónico contribuye a la recaudación de ISR (Impuesto Sobre la Renta) e IVA (Impuesto al Valor Agregado), durante el primer semestre de este año, se logró recaudar, por ambos conceptos ocho mil 664 millones de pesos.

Ello, precisó el organismo recaudador, derivado de la prestación de servicios digitales de diversas plataformas como Netflix, Spotify, Amazon, Uber, Airbnb, “entre otras”, que no especificó.

En un breve comunicado, el brazo recaudador del gobierno federal indicó que en 2020 se recaudaron cuatro mil 491 millones 609 mil 627 pesos; en 2021 aumentó más del doble alcanzando 11 mil 328 millones 888 mil 977 pesos.

Para 2022 la cifra alcanzó los 13 mil 094 millones 079 mil 656 pesos, y en lo que va de este año son ocho mil 664 millones 519 mil 316 pesos, por lo que no se descarta que este año se recauden alrededor de 16 mil millones de pesos.

El SAT recordó que se puso a disposición de los contribuyentes la herramienta “Plataformas tecnológicas”, para que presenten las declaraciones de pagos provisionales y definitivos de los impuestos relacionados con los ingresos obtenidos por la enajenación de bienes, la prestación de servicios o por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, efectuados a través de las plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares.

“De esta manera, el SAT da continuidad a las estrategias de cobro y fiscalización que fortalecen la recaudación tributaria”, puntualizó.

 

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Cabe recordar que, a partir del 1 de junio de 2020, entró en vigor el nuevo esquema mediante el cual las empresas extranjeras que prestan servicios digitales a usuarios en México por medio de aplicaciones, están obligadas al pago IVA por sus servicios.

Los servicios digitales sujetos de IVA, son aquellos que se prestan en México por los que se cobre una contraprestación y se proporcionen mediante aplicaciones o contenidos en formato digital a través de internet u otra red. Incluso, pueden no requerir una intervención humana, esto es, que pueden estar automatizados.

Así, en su página el SAT señala que los servicios digitales sujetos de IVA son transporte terrestre de pasajeros; entrega de alimentos preparados; entrega de bienes (distintos a los alimentos preparados); hospedaje; comercio de bienes; otro tipo de servicios; descarga o acceso contenido digital; clubes en línea y páginas de citas, así como enseñanza a distancia, test o ejercicios.

Precisó que se considera que se prestan servicios digitales en México, siempre que el receptor del servicio haya manifestado al prestador del servicio un domicilio ubicado en México; número telefónico cuyo código del país corresponda a México; realice el pago mediante un intermediario ubicado en México, y que la dirección IP (Protocolo de Internet) de sus dispositivos electrónicos corresponda al rango de direcciones asignadas a México.