Recibe Congreso Ley de Derecho al Bienestar del gobierno capitalino

4, abril 2024

Patricia Ramírez / Ovaciones

Foto: Cortesía @Congreso_CdMex

El Congreso de la Ciudad de México turnó este jueves a comisiones la iniciativa para expedir la Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México, suscrita por Martí Batres Guadarrama, jefe de gobierno de la Ciudad de México.

 

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La propuesta turnada a la Comisión de Inclusión, Bienestar Social y Exigibilidad de Derechos Sociales indica busca brindar una vida digna y libre de pobreza a la ciudadanía, mediante políticas públicas universales de atención integral en materia de agua, vivienda, educación, salud, espacio público, medio ambiente, trabajo, cuidados, tiempo libre y acceso a internet, con el fin de construir un Estado de Bienestar.

La iniciativa contempla principios como la no discriminación, el reconocimiento de la diversidad, la participación de las comunidades en el diseño y aplicación de políticas públicas, la capacidad de las personas beneficiarias de convertirse en derechohabientes y la progresividad.

Se propone la creación de un Sistema General de Bienestar en el que confluyan todas las instancias de gobierno para asegurar el cumplimiento de los derechos sociales universales, como alimentación, salud, educación, cuidados, vivienda y sus servicios, trabajo, protección social, medio ambiente e infraestructura social; así como la formulación de un Programa Especial al inicio de cada administración, con vigencia de seis años, que oriente las políticas públicas y programas sociales de manera transparente y participativa para contribuir al logro de las metas planteadas.

 

Además, deberá conformarse una Comisión Coordinadora del Sistema General de Bienestar Social, que sustituirá al actual Comité de Planeación para el Desarrollo Social, estará presidida por la persona titular de la Jefatura de Gobierno y encargada de articular, coordinar, monitorear y vigilar la implementación de la política de igualdad y bienestar.

La ley se compone de 83 artículos divididos en tres títulos: Título Primero, Disposiciones Generales; Título Segundo, Sistema General de Bienestar Social; Título Tercero, Planeación y Programación del Sistema General de Bienestar Social. Plantea también la creación de un Consejo de Consulta y Participación en materia de Bienestar, integrado por el jefe de gobierno, la persona titular de Sibiso y 10 representantes de la academia, organizaciones sociales y comunitarias, por un período de tres años; así como la integración de un padrón unificado de beneficiarios de todos los programas y acciones sociales.