Reforma a la Ley de Amnistía, un retroceso para las víctimas: CDHCM

24, abril 2024

Patricia Ramírez / Ovaciones
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La Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México, rechazó la modificación a la Ley de Amnistía que discute la Cámara de Diputados, porque representa un retroceso puesto que mientras el procedimiento originario deja subsistente la responsabilidad civil y a salvo los derechos de quienes puedan exigirla, principalmente las víctimas, la iniciativa aprobada en la Comisión de Justicia permite que, en algunos casos, la reparación entendida como sanción, sea anulada.

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Agregó que la iniciativa además no considera un límite de delitos que pueden ser considerados bajo la figura de amnistía, sino que deja un vacío, pues deja a la consideración presidencial de que se otorgue a personas que aporten elementos útiles para conocer la verdad de los hechos en casos que sean relevantes para el Estado mexicano.

“La adición es opuesta a los derechos de las víctimas reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”, precisó.

Recordó que la amnistía es una figura jurídica presente en la Constitución desde su texto original de 1917. En 2020 fue publicada una nueva ley en la materia que representó un avance importante para transitar hacia la justicia social y la justicia restaurativa.

Entre otros, la ley consideró susceptibles de amnistía a mujeres privadas de la libertad por interrumpir su embarazo, a personas por poseer o consumir narcóticos sin ánimo de comercializar y sin ser reincidentes, por robo en un contexto de pobreza o por fallas al debido proceso de personas hablantes de alguna lengua originaria.

 

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“La amnistía implica un olvido legal de la responsabilidad penal por ciertos delitos, pero no debe menoscabar el derecho a la verdad y a la reparación del daño de las víctimas”, puntualizó.

Insistió en que la esencia transformadora que motivó la aprobación de la Ley de Amnistía hace cuatro años en un contexto de transición hacia escenarios que no privilegiaran el punitivismo como respuesta única para atender las causas estructurales que impactan más a ciertos grupos de atención prioritaria, debe de permear en el análisis de la iniciativa de adición a la Ley.