El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió en su sesión de este lunes, varias acciones de inconstitucionalidad que refuerzan la protección de derechos humanos y el control constitucional sobre facultades municipales.
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Los ministros aprobaron invalidar las disposiciones locales en Aguascalientes y Tamaulipas que pretendían condicionar la aplicación de leyes generales en materia de derechos humanos. En ambos casos, se establecía que normas nacionales como la Ley General de Víctimas, la Ley General de Tortura y tratados internacionales solo se aplicarían de forma supletoria ante vacíos normativos.
Los ministros consideraron que estas restricciones violan el principio de aplicación directa de las leyes generales, cuya función es garantizar que toda persona en México esté protegida frente a actos de tortura, desaparición forzada y tratos crueles, sin importar su entidad federativa.
“La protección frente a la desaparición y la tortura debe ser igual para todos”, señaló la ministra ponente, reafirmando el bloque de constitucionalidad como límite a la legislación local.
🔴#EnVivo | Sesión del Pleno de la #NuevaSCJN, 29 de septiembre de 2025.@HugoAguilarOrti @LeniaBatres @YasminEsquivel_@lorettaortiza @MtraEstelaRios @Giovanni_F_M @IrvingEspinosa_ @AristidesRodri https://t.co/vdSofkk7T8
— Suprema Corte (@SCJN) September 29, 2025
En otro bloque de resoluciones, la SCJN invalidó disposiciones de las leyes de ingresos de municipios en Hidalgo, Oaxaca, Tlaxcala, Chihuahua y Guerrero, por establecer cobros y multas que exceden sus competencias o vulneran derechos fundamentales.
En el caso de los estados de Hidalgo, Oaxaca y Chihuahua se eliminaron pagos por acceso al derecho a la información pública.
Asimismo, en Oaxaca y Tlaxcala se invalidaron multas que establecían los ayuntamientos por escándalos, gritos o faltas a la moral, por su ambigüedad y discrecionalidad; mientras que en Chihuahua se protegió el derecho de reunión al eliminar permisos para eventos sociales privados. También en Tlaxcala se eliminaron cobros por agua potable y drenaje que no reflejaban costos reales.
Mientras que en Hidalgo se invalidó el cobro por alumbrado público, al tratarse de un impuesto sobre energía eléctrica, competencia exclusiva del Congreso federal y en Alpoyeca, Guerrero se anularon cobros por licencias a comercios de gas LP, también materia federal.

Foto: Cuartoscuro.com 


