TEPJF desecha impugnaciones contra lista de aspirantes al INE

Por unanimidad, concluyeron que el Comité Técnico de Evaluación aplicó correctamente los criterios establecidos en la convocatoria



Foto: Cuartoscuro.com

La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó más impugnaciones contra la lista definitiva de participantes con puntajes más altos en la evaluación de conocimientos en el proceso de selección de tres consejerías electorales del Instituto Nacional Electoral (INE).

LEE ADEMÁS: Senado aprueba nueva Ley Federal de Cine y Audiovisual

Los magistrados consideraron infundadas dos impugnaciones contra la metodología del Comité Técnico de Evaluación para definir cuántos hombres y mujeres siguen en el proceso y consideraron que el límite mínimo de calificación en el examen de conocimientos se apegó a las bases de la convocatoria, mientras que otra impugnación fue sobreseída porque la persona promovente.

Al resolver dos impugnaciones en contra de dicho acuerdo, argumentaron que la actuación del Comité Técnico de Evaluación se apegó a la convocatoria que define las bases y etapas del proceso, y determinó de manera correcta el número de personas mejor evaluadas en el examen de conocimientos que deberían pasar a la siguiente etapa.

En el primer caso, un aspirante impugnó el acuerdo del CTE porque consideró que la interpretación de la convocatoria distorsionó la calificación mínima exigida para pasar a la siguiente fase e implicó que las mujeres tuvieran mayor representación porcentual que los hombres y su exclusión del listado por haber obtenido un puntaje menor a ese límite.

Con base en el proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, el pleno resolvió por unanimidad que los agravios son infundados porque el comité técnico determinó de manera correcta la base de personas mejor evaluadas, conforme a la convocatoria y ejerció adecuadamente sus atribuciones para definir la lista con el porcentaje de aspirantes de ambos géneros.

En un segundo caso, otro aspirante también impugnó el mismo acuerdo del Comité sobre la revisión de exámenes de conocimientos se realizó de manera presencial en la Ciudad de México, lo que señaló que le afectaba por encontrarse en otra entidad de la República, y una supuesta omisión de publicar los expedientes de quienes pasaron a la tercera fase y el calendario de entrevistas.

Sin embargo, a propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, la sala superior resolvió por unanimidad que sus alegatos son infundados, ya que no informó oportunamente al CTE de su imposibilidad de trasladarse a la capital del país para llevar a cabo la revisión de su examen y este considerara alguna alternativa.