Tribunal Electoral ordena al INE investigar a Movimiento Ciudadano por presunto reparto de acordeones en Nuevo León

Los magistrados determinaron que la información periodística presentaba indicios suficientes sobre la posible comisión de actos ilegales en esa entidad



Foto: Cuartoscuro.com

La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) investigar la presunta participación del partido Movimiento Ciudadano (MC) en la difusión de “acordeones” para inducir el voto en la elección judicial local del 1 de junio, celebrada en Nuevo León.

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Pese a que la queja fue presentada por el PAN, con base en información periodística, los magistrados electorales consideraron que el INE incumplió con su deber de indagar hechos que podrían constituir una infracción electoral, por lo que la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE deberá admitir e investigar esta denuncia.

Durante su sesión de este miércoles, los magistrados electorales señalaron que se tiene que analizar la demanda por el uso indebido de recursos públicos para fines de promoción y propaganda, relacionados con el proceso de elección de personas integrantes del Poder Judicial de la Federación.

El acuerdo de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del INE consideraba inexistentes las condiciones jurídicas para iniciar un procedimiento sancionador por una queja del PAN que denunciaba presuntos actos que, a su parecer, vulneraban los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en el presente proceso electoral judicial.

Este partido consideró que era errónea la interpretación hecha acerca de los límites que la Constitución y la Ley establecen a los partidos políticos sobre su participación en el proceso electoral judicial. A su parecer, la autoridad electoral tiene la obligación de investigar y sancionar toda conducta contraria al marco jurídico.

El proyecto de la magistrada Janine Otálora Malassis, aprobado por unanimidad, señala que el INE es garante de los principios de legalidad, certeza y equidad y tiene el deber de verificar si existen elementos para iniciar un procedimiento oficioso sancionador e investigar los hechos denunciados, ello al margen de si el sujeto que denunció la conducta podía hacerlo o no, pues en otros casos se han rechazado quejas por no haber sido presentadas por candidatos.

El PAN acusó que el coordinador estatal de MC, quien también funge como diputado local, utilizó recursos públicos y movilizó a su militancia para repartir “acordeones” con mensajes dirigidos a inducir el voto en favor de candidatos afines, lo que según el partido albiazul constituiría una maniobra de influencia indebida y un posible fraude electoral.

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La magistrada Otálora señaló que las notas periodísticas ofrecen indicios suficientes de tiempo, modo y lugar para sustentar la apertura de una investigación. Subrayó que el INE está obligado a indagar de oficio cualquier conducta que pueda comprometer la equidad de la contienda.

Por otro lado, el Tribunal confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Tamaulipas que desechó la impugnación interpuesta por el PAN y una ciudadana contra la elección de Tania Contreras López como presidenta del Tribunal de Justicia de esa entidad, al determinar que carecían de interés legítimo para recurrir la declaratoria de validez y la expedición de las constancias de mayoría.