Valida la SCJN cambios a la Ley de Transparencia de Colima

19, marzo 2024

Patricia Ramírez / Ovaciones 

Foto: Suprema Corte de Justicia de la Nación

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló las reformas a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima, que eliminó y modificó diversos requisitos para acceder al cargo de comisionada o comisionado del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos del Estado de Colima.

Esto, porque esta reforma no contraría los principios de acceso a la información y protección de datos personales ni la autonomía del Instituto local y su objetivo fue armonizar dichos requisitos con los previstos en la Ley Federal de la materia y la Constitución.

Los cambios que se avalaron incluyen la derogación del requisito de no haber ocupado un cargo directivo en un partido o asociación política, ni haber participado como candidato a algún cargo de elección popular, durante al menos dos años previos a la fecha de la convocatoria para integrarse al órgano de transparencia.

Además, se agregó el requisito consistente en no haber sido senador ni fiscal general, dentro de un año anterior a la fecha de emisión de la convocatoria. Se derogó el requisito de no haber sido magistrado del Supremo Tribunal de Justicia, del Tribunal Electoral, del Tribunal de Arbitraje y Escalafón, ni del Tribunal Contencioso Administrativo, dentro de los tres años anteriores a la fecha de emisión de la convocatoria.

La Corte determinó que dicha reforma no resulta inconstitucional, pues en nada contraría los principios de acceso a la información y protección de datos personales ni la autonomía del Instituto local, ya que tuvo por objeto armonizar los requisitos para acceder al cargo de comisionado o comisionada del Instituto de Transparencia local, con los previstos en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Constitución Federal, para ser designado como comisionado del Instituto Nacional de la materia.