La jefa de Gobierno, Clara Brugada Molina, presentó un paquete integral de reformas legislativas que modifica el Código Penal, la Ley de Establecimientos Mercantiles y la Ley de Turismo con el objetivo de fortalecer la prevención, sanción y erradicación de las violencias contra mujeres, niñas y adolescentes en la Ciudad de México. Las propuestas serán enviadas al Congreso capitalino para su análisis y eventual dictaminación.
LEE ADEMÁS: ¿Dónde está el Starbucks de Stranger Things en CDMX? Ubicación y detalles
Brugada Molina explicó que las modificaciones al Código Penal buscan actualizar y precisar los delitos de violencia familiar, abuso sexual, acoso sexual y acoso sexual digital.
En el caso de la violencia familiar, se propone diferenciar este delito de la violencia de género ejercida entre parejas, con la creación de un capítulo específico que permita individualizar estas conductas, ampliar el concepto de pareja a relaciones sexoafectivas sin necesidad de vínculo civil y establecer nuevas agravantes en situaciones como embarazo, uso de armas, lesiones graves y reincidencia.
Las penas, que actualmente van de 1 a 6 años de prisión, se incrementarían a un rango de 2 a 7 años de prisión en los supuestos agravados, y se incorpora la obligación de que los agresores asistan a talleres reeducativos con perspectiva de género.
En materia de abuso sexual, se plantea una definición más clara de los actos de naturaleza sexual, incluyendo tocamientos, roces o frotamientos, y la necesidad de que el consentimiento sea expresado de manera activa. La pasividad de la víctima no podrá interpretarse como consentimiento.
Este delito sería perseguido de oficio aun cuando exista perdón por parte de la víctima, y las penas, actualmente de 1 a 6 años, aumentarían también a un rango de 2 a 7 años de prisión en conductas agravadas, incorporando medidas reeducativas adicionales a las sanciones privativas de libertad.
En el caso del acoso sexual, se precisa que puede cometerse por cualquier medio sin necesidad de contacto físico, y se plantean agravantes cuando ocurre en entornos laborales, escolares, deportivos, domésticos o de cuidado, o cuando se condicionan beneficios en espacios académicos o laborales. Las penas, que hoy van de 1 a 3 años de prisión, se incrementarían a un rango de 1 año 8 meses a 5 años de prisión en los casos agravados.
Finalmente, se tipifica de manera autónoma el acoso sexual digital, particularmente cuando se solicitan, intercambian o intentan obtener imágenes de carácter sexual de personas menores de edad o se propone un encuentro de connotación sexual sin necesidad de que éste se realice.
Las reformas a la Ley de Establecimientos Mercantiles tienen como eje convertir a los hoteles en espacios seguros a través de registros confiables, identificación oficial obligatoria, registro de placas de vehículos, verificación de la relación entre adultos y menores que ingresan, videovigilancia enlazada al C5 en accesos, áreas comunes y estacionamientos, y protocolos de actuación con perspectiva de género y protección a infancias. En caso de detectar mujeres que ingresen solas en posible situación de riesgo, el personal deberá dar aviso inmediato a las autoridades. Las sanciones incluyen multas que pueden llegar hasta 10 mil UMAS, clausuras temporales de 10 a 30 días y clausura definitiva en casos de reincidencia o cuando existan indicios de trata, feminicidio o violencia grave.
Como parte de esta misma estrategia, las reformas a la Ley de Turismo establecen obligaciones para que establecimientos turísticos participen en protocolos de prevención, capacitación de personal, coordinación con cámaras y autoridades y adopción de mecanismos de alerta como la tarjeta azul impulsada por UNICEF para la identificación de riesgos hacia mujeres, niñas y niños.
Brugada Molina señaló que estas iniciativas buscan reforzar el marco legal para combatir de manera más eficaz la violencia contra las mujeres y que la Ciudad de México se suma al llamado nacional para homologar avances legislativos en la materia.




