Corte desecha primer recurso contra magistrados electos para el TEPJF

Sin mayor discusión, la SCJN rechazó el juicio de inconformidad de Iván Bravo, por no haber sido candidato a ese cargo



Foto: Cuartoscuro.com

El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó de plano el juicio de inconformidad presentada por Iván Bravo Olivas, por no estar legitimado para presentar la queja, porque no fue candidato a la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en las elecciones judiciales del 1 de junio.

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Tras un retraso de más de dos horas y sin mayor discusión, los ministros votaron a favor de no darle entrada a esta primera impugnación a la elección judicial, puesto que la ley es muy clara al establecer que solamente quienes fueron candidatos al cargo de magistrado de la sala superior del TEPJF pueden presentar juicio de inconformidad ante la Suprema Corte.

Iván Bravo Olivas impugnó la elección de magistrados de la sala superior del TEPJF pero solo en el distrito 04 de Durango, no en todo el país, por lo que los efectos no tendrían mayor alcance.

Durante la sesión de este martes, la penúltima de la actual integración de la Corte, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, explicó que se actualizó la causal contenida en el artículo 10 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, que establece los requisitos de legitimación.

Precisó que Bravo Olivas se ostentó como aspirante a magistrado de circuito pero fue excluido por el Comité de Evaluación del Legislativo, lo que causó un perjuicio a su esfera jurídica, lo cual fue rechazado por los ministros, por unanimidad.

“Toda vez que no se advierte que el actor tenga el carácter de candidato a alguno de los cargos que fueron objeto de la elección judicial, particularmente de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, estimamos que lo procedente es desechar de plano este juicio de inconformidad”, señaló el ministro.

En la Corte quedan todavía dos recursos pendientes, que corresponden a la organización Podemos, que podría ser también rechazada porque corresponde a una ONG y no a candidatos y otras de colectivos como Defensorxs, que acompañan a candidatos a cargos judiciales y que argumentan que los vicios en las elecciones judiciales del 1 de junio ameritan declararlas inválidas.

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Estas impugnaciones deben ser resueltas a más tardar el 28 de agosto, pero al pleno sólo le resta una sesión pública, la del 12 de agosto, por lo que es de preverse que sean desahogadas la próxima semana.