Da Corte otro revés a AMLO; invalida el decretazo de reserva de megaobras

PATRICIA RAMIREZ Foto: Cuartoscuro La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le asestó un nuevo golpe al presidente Andrés Manuel López Obrador, pues por mayoría, determinó declarar la invalidez el decreto por el que el gobierno federal determinó como de seguridad nacional los proyectos estratégicos de esta administración, incluyendo obras como el Tren

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CIUDAD DE MÉXICO, 02ENERO2023.- Tras tres rondas de votación el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eligió a Norma Lucía Piña Hernández como su nueva ministra presidenta. FOTO: SCJN/CUARTOSCURO COM

PATRICIA RAMIREZ

Foto: Cuartoscuro

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) le asestó un nuevo golpe al presidente Andrés Manuel López Obrador, pues por mayoría, determinó declarar la invalidez el decreto por el que el gobierno federal determinó como de seguridad nacional los proyectos estratégicos de esta administración, incluyendo obras como el Tren Maya, la refinería de Dos Bocas y el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles.

Durante su sesión de este jueves, la mayoría de los ministros determinó que el decreto emitido en noviembre de 2021 es inconstitucional, sin embargo, la discusión final se pospuso hasta el próximo lunes, para aclarar los efectos de este decreto y qué términos sería aplicado.

Al discutir la controversia constitucional presentada por el Instituto el Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), 8 de los ministros determinaron que es inconstitucional el acuerdo del poder Ejecutivo que declaraba obras y proyectos como de interés público y de seguridad nacional, por transgredir el derecho de acceso a la información, así como las facultades del INAI para su salvaguarda.

Como ha sucedido en los últimos casos, los ministros Juan Luis Alcántara Carrancá, ponente del caso, Alberto Pérez Dayán, Margarita Ríos Farjat, Luis María Aguilar Morales, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Jorge Pardo Rebolledo, Javier Laynez Potisek y la presidenta de la Corte, Norma Piña, votaron a favor.

En contra votaron las ministras Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf y el ministro Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quienes consideraron que era improcedente la controversia constitucional y aseguraron que no se puede invalidar una norma general con base en suposiciones o hipótesis.

El proyecto de sentencia del ministro Juan Luis Alcántara Carrancá, señaló que la declaratoria de interés público y seguridad nacional implica una vulneración a la inatacabilidad de las resoluciones del INAI.

Señaló que la Constitución establece que solo de manera excepcional se prevé un recurso que pudiera interponerse por el consejero jurídico frente a la Corte para revisar las resoluciones que pongan en peligro la seguridad nacional.

“Sin embargo el acuerdo abre la puerta para que se impugnen todas las decisiones del INAI relacionadas con los proyectos y obras del gobierno, lo que significa, en la práctica, la pérdida de la excepcionalidad del recurso”, sentenció.

Al inicio de la discusión los ministros avalaron abordar este decreto como un acto administrativo y no una norma general, por lo que sólo se requerían seis votos para declarar su inconstitucionalidad, aunque se reunieron los ocho.

No obstante, este tratamiento abrió la discusión de si los efectos eran solo para las partes, es decir el INAI y el Ejecutivo o tendría efectos generales, por lo que la presidenta Norma Piña optó por levantar la sesión y reiniciarla el lunes, para señalar claramente los efectos de esta determinación.