Desapareciendo a los desparecidos

Más de 80 mil personas desaparecidas en México permanecen sin búsqueda efectiva, generando incertidumbre y percepción de inseguridad



De acuerdo con la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, una persona desparecida es aquella cuyo paradero se desconoce y se presume, a partir de cualquier indicio, que su ausencia está relacionada con la comisión de un delito. Para que se configure jurídicamente deben existir los siguientes elementos: ausencia o no localización, es decir, desconocer la ubicación de la persona; presunción de delito, que haya indicios de que su ausencia pueda estar vinculada a un hecho delictivo; y necesidad de búsqueda inmediata, que obliga al Estado a iniciar acciones de localización sin esperar plazo alguno.

Por su parte, el Código Civil federal, si bien no considera este término, tiene una figura jurídica denominada “ausencia” que establece que la hay cuando una persona ha dejado de estar en su domicilio y se desconoce su paradero, sin que exista certeza sobre si vive o ha fallecido. Tanto en el ámbito civil como penal coinciden en el desconocimiento del paradero, hay una evolución en el tiempo sobre su ausencia y ambas obligan al Estado a localizarla, investigar el delito, así como proteger bienes y derechos del eventual desaparecido y sus familiares.

Lo anterior se señala por la presentación de la Presidencia de la República del informe sobre revisión y depuración del Registro Nacional de Personas Desaparecidas del día 28 de marzo del presente año, que clasifica la información de la siguiente manera: los registros del año 2006 a la fecha, donde da inicio un combate frontal al delito organizado, arrojan un total de 130 mil 178 casos de desaparecidos; en 46 mil 742 hay datos insuficientes para iniciar investigaciones, lo que representa el 36%; 40 mil 308 presentan actividad después de su desaparición, es decir, podrían estar con vida –estos casos son el 31%–; 43 mil 128, el 33%, no tienen identificada actividad alguna; por último, 3 mil 869 tienen carpeta de investigación abierta.

Esto significa que el gobierno de la República reconoce poco más de 40 mil casos activos, con apenas 3 mil 800 carpetas abiertas, lo que no significa que haya avances en su localización. De igual manera, está dejando sin protección ni búsqueda a 80 mil personas que, según su criterio, carecen de información o bien presentan actividad que los ubica en el casillero de “ausentes”.

Hay cierta suspicacia ciudadana sobre estas cifras, puesto que, partiendo de la promesa inicial (noviembre-diciembre 2024) hasta el mes que termina, Sheinbaum prometió cuatro veces la presentación del informe, y fueron 15 meses después cuando lo hace, aclarando que no “ha desaparecido a los desparecidos”, sólo ajustó la clasificación, lo que significa que sólo, y acaso, se concentrarán en la búsqueda, localización e identificación de 40 mil personas, lo que lleva a una clara interpretación de bajar las cifras para minimizar el impacto y coincida con “su desplome del índice de homicidios”.

En este universo de cifras, donde el gobierno decide qué y a quiénes buscar, no podemos dejar de señalar que las desapariciones obedecen a diferentes causas, como el reclutamiento forzado de jóvenes, explotación sexual y laboral de menores, violencia doméstica y desaparición de mujeres en contextos de agresiones sistemáticas. Según los criterios del gobierno de la República, estos casos “que registran actividad” y que representan 40 mil personas no valen la pena buscarlos, sumado a otra cifra similar que, al no existir información suficiente para su búsqueda, correrá a la suerte y destreza de las y los buscadores encontrarlos.

Más de 80 mil casos quedarán impunes y el mismo número de familias bajo la incertidumbre de un ausente o desaparecido. Una razón más para entender la percepción de inseguridad ciudadana.