En segundo intento, Senado aprueba reformas al procedimiento contencioso administrativo tras falta de quórum

Tras levantarse la sesión por falta de legisladores, Morena y aliados aprobaron el dictamen en segunda convocatoria y lo enviaron a la Cámara de Diputados


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Foto: Cortesía Senado de la República

En un segundo intento, el Senado logró finalmente aprobar en lo general y en lo particular las reformas a la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, después de que la primera votación del día, mantenida abierta por más de 20 minutos, registrara 63 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, pero sin el quórum legal necesario para continuar la sesión. La falta de legisladores obligó a levantar el pleno a las 20:20 horas y citar a reanudar a las 20:50; sin embargo, pasados más de diez minutos de la hora prevista, el quórum seguía incompleto. No fue sino hasta las 21:00 horas cuando, con 64 presentes, dio inicio una segunda sesión.

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Con la asistencia reconstituida, Morena y sus aliados retomaron la votación, logrando así aprobar en lo general y lo particular los artículos reservados del dictamen con 66 votos a favor, 13 en contra y 15 abstenciones, lo que permitió concluir su análisis en ambas fases. Una vez votado en su totalidad, el proyecto fue remitido a la Cámara de Diputados para continuar su proceso legislativo.

El dictamen fue presentado por el senador Javier Corral Jurado, presidente de la Comisión de Justicia, quien explicó que la reforma actualiza el procedimiento contencioso administrativo para adecuarlo a la reforma constitucional del artículo 17, que establece que los juicios administrativos y tributarios deben resolverse en un plazo máximo de seis meses.

El proyecto incorpora plazos genéricos de cinco días en actuaciones que carecen de ellos, impulsa el uso de medios electrónicos y del juicio en línea, reduce tiempos procesales y adecua diversos artículos conforme a reformas recientes en materia civil, familiar y de amparo.

También mantiene la disposición que considera falta grave la emisión de actos administrativos contrarios a jurisprudencia de la Suprema Corte, lo que permite que las personas afectadas reclamen una indemnización.

Durante la discusión, Corral anunció una reserva al artículo 63 de la ley, derivada de inquietudes planteadas por legisladoras y legisladores respecto al alcance de un recurso adicional otorgado a autoridades en ciertos supuestos.

Señaló que la modificación busca atender esas preocupaciones sin alterar el diseño general del procedimiento y mantener un equilibrio entre la actuación de la autoridad y los derechos de quienes acuden al juicio administrativo.