Exculpa INE a Sheinbaum y Adán Augusto por actos de proselitismo

17, agosto 2022

PATRICIA RAMÍREZ

Foto: Cuartoscuro

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) exculpó al secretario de Gobernación, Adán Augusto López Hernández y a la jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum Pardo, de actos anticipados de campaña y uso de recursos públicos por su asistencia a diversos actos públicos.

En el caso de la asistencia del titular de Segob a la Expo Guadalajara y a una reunión con empresarios, los consejeros electorales negaron las medidas cautelares solicitadas por Movimiento Ciudadano, pues consideraron que esos eventos tuvieron una finalidad específica, no proselitista, donde la participación de López Hernández se dio en un contexto de carácter cultural, sin que se acredite algún tipo de posicionamiento expreso ante la ciudadanía o alusiones a algún proceso electoral local o federal.
Por lo que toca a Claudia Sheinbaum, la Comisión rechazó que la asistencia a los eventos realizados el 23 y 24 de julio de 2022 en Hidalgo y Colima, en los que estuvieron también Indira Vizcaíno Silva y Julio Ramón Menchaca Salazar, no tuvo carácter proselitista, pues su participación se centró en dar a conocer la postura del partido político del que emanan en torno a la propuesta de reforma rlectoral presentada por el presidente de la República, lo cual es tema que se encuentra en el debate público.
De igual forma, el órgano colegiado negó las medidas cautelares relacionadas con el partido Morena, al considerar que es un tema que será resuelto por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en el fondo del asunto.
Por lo que toca al caso del gobernador de Oaxaca, Alejandro Ismael Murat Hinojosa, y militante del PRI, derivado de la publicación de una entrevista realizada al mandatario estatal en la revista Líderes Mexicanos en la edición de julio en sus versiones impresa y digital, número que fue objeto de una campaña de difusión masiva por medio de anuncios espectaculares y publicaciones en las redes sociales del referido medio de comunicación.
Los consejeros consideraron que la entrevista se encuentra amparada por la libertad de expresión y periodística con la que cuenta la revista como medio de comunicación social, ya que no existe prohibición legal para su difusión bajo el formato que considere pertinente y en el ejercicio de un trabajo periodístico en que se desarrollan de manera libre tanto el entrevistador como la editorial.
En cuanto a la aparente vulneración a los principios de imparcialidad en la aplicación de recursos públicos y de neutralidad en la contienda, la Comisión determinó que es un tema que se resolverá en el fondo del asunto por el TEPJF.
Igualmente, la Comisión negó las medidas cautelares presentadas por el PAN ante diversas quejas en contra de Claudia Sheinbaum Pardo, derivado de la colocación de diversos espectaculares en las ciudades de Puebla, San Luis Potosí y León, en los que se promociona a la denunciada y se aluden logros de gobierno.