La figura de los jueces sin rostro regresó al debate público después de que la presidenta Claudia Sheinbaum defendiera su implementación.
El Senado tenía previsto discutir ayer la reforma secundaria correspondiente, pero la votación se pospuso hasta febrero de 2026 para “revisarla” con más detalle.
La propuesta forma parte de la reforma judicial aprobada en 2024, que facultó al Estado para ocultar la identidad de jueces en casos de delincuencia organizada.
LA IDEA
Un juez sin rostro es un juez cuya identidad se oculta. No aparece su nombre, no muestra su cara y su voz puede distorsionarse.
La justificación es protegerlo frente a grupos criminales que pudieran amenazarlo. En principio, sólo se aplicaría a delitos graves como narcotráfico o terrorismo.
Sin embargo, la medida tiene efectos inmediatos sobre el proceso judicial. México, como cualquier democracia, reconoce el derecho a ser juzgado por un juez público, identificado e imparcial.
Al ocultar la identidad, ese principio se limita. Por eso es un debate delicado. Seguridad para el juez frente a garantías para el acusado.
NO ES NUEVO
Los jueces sin rostro no son nuevos. Países como Perú o Colombia los aplicaron en contextos de violencia extrema. Sus resultados permiten comparar.
En Perú, entre 1992 y 1997, el sistema derivó en miles de condenas sin garantías procesales. Organismos internacionales demostraron que muchas personas condenadas eran inocentes. La Corte Interamericana declaró la práctica incompatible con los derechos humanos. Perú la eliminó.
En Colombia, los jueces sin rostro operaron durante los años más violentos del narcotráfico. La Corte Constitucional los declaró inconstitucionales y el país optó por otras formas de protección. Se concluyó que el anonimato no impide amenazas y sí genera opacidad.
En Italia, el combate a la mafia se hizo con anonimato judicial. Se blindaron tribunales, se protegió físicamente a jueces y se crearon equipos especializados. Sin embargo, esta figura terminó también por afectar a personas inocentes.
En otras palabras, la experiencia internacional muestra que la figura suele fallar o generar daños colaterales.
LOS RIESGOS
El impacto no se limita a criminales de alto perfil. En México, la ley de delincuencia organizada es amplia. Puede involucrar a personas que luego resultan inocentes.
Un juez sin rostro dificulta que el acusado verifique si su juzgador es independiente. Tampoco permite recusarlo si hay conflicto de interés.
Esto afecta la confianza en el proceso. Un juicio sin juez visible se percibe como opaco. Además, organismos internacionales señalan que el anonimato abre la puerta a errores y abusos y no está demostrado que reduzca la violencia contra jueces.
México ya tiene mecanismos alternativos que sí funcionan como protección policial, traslados de sede, cambios de adscripción y videoconferencias. Ninguno implica ocultar identidades.
LA ALTERNATIVA
El país enfrenta violencia real y jueces amenazados. La necesidad de protegerlos es legítima. El dilema es cómo hacerlo sin limitar derechos básicos.
La evidencia histórica indica que los jueces sin rostro generan más problemas de los que resuelven y que los países que los adoptaron terminaron abandonándolos.
La discusión en México no es si debemos proteger a los jueces. Eso no está en debate. La discusión es si la vía del anonimato es compatible con una justicia confiable y abierta.
Antes de implementar un sistema que otros han descartado, conviene preguntarse si existen mejores alternativas. Todo indica que sí.
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