La corredora mexicana Citlali Moscote volvió a dar positivo a una prueba antidopaje. Esta ocasión fue en una prueba de diez kilómetros en Valencia, España, en la que fue su primera prueba del año. La deportista, que concluyó en la vigésima posición, detuvo el cronómetro con un tiempo de 31:55 minutos. La reincidencia podría costarle una suspensión de hasta cuatro años.
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En tanto la jalisciense pelea a su favor, está imposibilitada para competir, por lo que ya no podría recibir la beca económica que le otorga la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte (Conade) ni utilizar las instalaciones del Centro Nacional de Desarrollo de Talentos Deportivos y Alto Rendimiento (Cnar).
Un sexenio atrás
Apenas en 2019, la atleta jalisciense dio positivo por oxilofrina y fenprometamina, dos estimulantes prohibidos en la Lista de Sustancias de la Agencia Mundial Antidopaje (WADA).
Su castigo fue de dos años porque la de San Juan de los Lagos aseguró que ingirió involuntariamente dichas sustancias en un suplemento alimenticio contaminado. Citlali, quien finalizó en el lugar 27 en los Juegos Olímpicos de París 2024, cumplió una sanción entre el 23 de julio de 2019 y el 23 de julio de 2021.
El mismo motivo
Esta vez, Citlali volvió a fallar el control antidopaje por otro estimulante y alega el mismo motivo.
Tras conocerse el resultado analítico adverso, la Unidad de Integridad de la Federación Internacional de Atletismo (Athletics Integrity Unit) inició un proceso disciplinario contra Moscote. Dado que se trata de una reincidencia, la atleta mexicana podría enfrentar una suspensión de hasta cuatro años.
La regla es clara
La Agencia Mundial Antidopaje (WADA, por sus siglas en inglés) es muy específica al señalar a los deportistas que la ingesta involuntaria de alguna sustancia prohibida mediante un suplemento contaminado no es razón suficiente para evitar un castigo, pues el simple hecho de tener una sustancia prohibida en su cuerpo configura la responsabilidad objetiva, de acuerdo a lo que marca el Código Mundial Antidopaje, que a la letra dice:
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“2.1.1 Es un deber personal de cada deportista asegurarse de que ninguna sustancia prohibida se introduzca en su organismo. Los deportistas son responsables de la presencia de cualquier sustancia prohibida, de sus metabolitos o de sus marcadores, que se detecten en sus muestras. Por tanto, no es necesario demostrar intención, culpabilidad, negligencia o uso consciente para determinar que se ha producido una infracción de las normas antidopaje“.
Además de la carrera de 10 kilómetros en la que participó, Moscote completó su primera gira de competencias del año por Europa, tras correr el Medio Maratón de Sevilla, donde finalizó en el quinto lugar con un tiempo de 1:10:05 hora.
¿Qué se metió?
La fenprometamina es una sustancia que funciona como estimulante del sistema nervioso, en tanto que la oxilofrina es un agente que eleva la presión con un efecto similar a la efedrina y la sinefrina.
Por lo pronto, el futuro deportivo de Citlali Moscote pende de un hilo, a la espera de una resolución que definirá su carrera a largo plazo.

Foto: Mexsport 


