Monreal llama a la Corte a no reabrir casos concluidos y respetar la cosa juzgada

Advirtió que el principio de cosa juzgada está establecido en la Constitución y que reabrir asuntos ya concluidos representa un riesgo



Foto: Cuartoscuro.com

El sustento jurídico de la cosa juzgada se encuentra en la Constitución y no puede generarse zozobra en las resoluciones judiciales, por lo que no deben reabrirse temas ya resueltos, en tanto que la Corte no puede afectar el principio de definitividad y generar con ello incertidumbre, advirtió el coordinador de los diputados de Morena, Ricardo Monreal Ávila.

LEE ADEMÁS: Gertz Manero renuncia: Sheinbaum lo propone como embajador en Alemania

Por ello, llamó a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a tener cuidado con este tema, para no generar incertidumbre jurídica, pues se abriría la posibilidad de que cualquier quisiera litigar casos ya cerrados.

“Creo seriamente que la Corte no puede reabrir asuntos que ya están resueltos. Creo que afecta al principio de definitividad, al principio de cosa juzgada, certidumbre y certeza jurídica, y por eso me parece que la nulidad de juicio concluido no puede aplicarse”, señaló.

En la conferencia semanal Legislativa del Pueblo, insistió en que el principio de cosa juzgada está claramente establecido en los artículos 14 y 17 de la Constitución política.

Monreal Ávila consideró que no puede generarse incertidumbre ni zozobra jurídica en las resoluciones judiciales e insistió en que su punto de vista personal es que no deben reabrirse temas ya resueltos, porque se generaría una dificultad y una clara muestra de no respetar la cosa juzgada.

Agregó que se rompería el principio de seguridad jurídica que tradicionalmente ha regido en México, porque si este fuera el pretexto, reabriría asuntos concluidos, y los particulares volverían a litigar decisiones que ya habían adquirido cosa juzgada o sentencia ejecutoriada. “Hay que tener mucho cuidado. Yo llamaría la atención de la Corte, respetuosamente, a que tuviese cuidado”, agregó.

Asimismo, Monreal Ávila indicó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió otro tema, que tiene que ver con el precedente de que los representantes de pueblos y comunidades indígenas participarían con derecho a voz y voto en todos los asuntos inherentes a los ayuntamientos.

“Yo creo que el único órgano que puede legislar es el Congreso de la Unión y el Constituyente Permanente. Y el artículo 2° constitucional únicamente permite que los representantes indígenas participen en los ayuntamientos en los temas que les atañe”, sentenció.

Además, anotó que la Corte no puede ir más allá porque alteraría este principio constitucional y en todo caso, si hay interés de la Corte, puede dialogar con diputados y senadores para ampliar el contenido del artículo segundo constitucional.

“Por eso sí debe ser cuidadoso, porque no se debe distorsionar el sistema federal, no se puede romper con la estructura del municipio establecido en el 115 constitucional, y no se puede alterar el principio democrático que establece el funcionamiento de los ayuntamientos”, refrendó.

Monreal Ávila concluyó al afirmar que ha sido una lucha mía de siempre, no con esta Corte, sino desde antes, siempre ha sido exigencia que no invada la Corte la competencia del Congreso general, que no exceda sus facultades y funciones, porque sólo el legislador ordinario y el poder reformador de la Constitución pueden establecer principios de esta naturaleza.