Con el objetivo de que la muerte asistida pueda practicarse bajo el amparo de la ley, sin que ello constituya delito ni genere responsabilidad civil por daños y perjuicios, el Grupo Parlamentario de Morena en la Cámara de Diputados impulsa una iniciativa para reformar la Ley General de Salud y el Código Penal Federal.
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La propuesta, presentada por la diputada Naty Poob Pijy Jiménez Vásquez, establece que la muerte asistida solo podrá aplicarse a personas mayores de 18 años que lo soliciten de manera expresa y por escrito, solicitud que deberá informarse al Comité de Bioética correspondiente para determinar la aptitud de la persona y la procedencia del procedimiento.
De acuerdo con el proyecto, la Secretaría de Salud será la instancia encargada de emitir la normatividad y los lineamientos que regulen los requisitos, procedimientos y formatos que deberán observarse, así como los tiempos de reflexión necesarios para la aprobación y ejecución del procedimiento de muerte asistida.
El documento precisa que el personal médico que practique cualquier procedimiento de muerte asistida deberá contar con autorización de la Secretaría de Salud y tendrá la facultad de negarse a realizarlo en cualquier momento. En caso de objeción de conciencia, la institución de salud deberá solicitar la intervención de otro médico autorizado que no sea objetor, conforme a lo dispuesto por la Ley General de Salud y la normatividad que emita la Secretaría en la materia.
La iniciativa define la muerte asistida como la terminación intencional de la vida, practicada por personal médico autorizado, a solicitud expresa de la persona, mediante procedimientos de eutanasia o suicidio asistido. En este marco, la eutanasia se describe como el acto o serie de actos intencionales realizados por personal médico autorizado, encaminados a terminar la vida de la persona que lo solicita de manera expresa, previa aprobación de la autoridad competente.
En tanto, el suicidio asistido se define como aquel procedimiento en el que el personal médico autorizado proporciona los medios necesarios para que la persona solicitante autoadministre o ejecute el acto de terminar con su vida, también con la aprobación previa de la autoridad competente.
El proyecto legislativo propone incorporar a la Ley General de Salud el Título Octavo Bis, denominado “De los Cuidados Paliativos a los Enfermos en Situación Terminal y de la Muerte Asistida”, cuyo objetivo será salvaguardar la dignidad de las personas que soliciten estos procedimientos, garantizando que se realicen en estricto apego a los protocolos emitidos por la Secretaría de Salud, por personal autorizado y en condiciones dignas.
Asimismo, plantea la adición de un segundo párrafo al artículo 312 del Código Penal Federal, con el propósito de establecer que los procedimientos de muerte asistida realizados por personal médico autorizado, conforme a lo previsto en la Ley General de Salud y la normatividad aplicable, no constituyan delito.
La iniciativa fue turnada a las comisiones de Salud y de Justicia y reconoce que, actualmente, en México se prohíben de manera expresa la eutanasia, el suicidio asistido y el homicidio por piedad. No obstante, retoma los resultados de la Segunda Encuesta Nacional de Opinión sobre el Derecho a Morir con Dignidad 2022, los cuales muestran que el 68.6 por ciento de las personas encuestadas considera que quienes se encuentran en fase terminal de su enfermedad y enfrentan un sufrimiento que no puede evitarse deberían tener la opción de adelantar su muerte.
De ese total, el 57.7 por ciento manifestó estar de acuerdo en que el personal médico proporcione las sustancias letales y que el paciente las administre por sí mismo. Además, el 72.7 por ciento consideró que las leyes deben modificarse para permitir que las personas enfermas puedan recibir ayuda para terminar con su vida, si así lo deciden.
La diputada señala que, a nivel internacional, solo algunos países cuentan con legislación o regulación en la materia, entre ellos Suiza, Colombia, Bélgica, Países Bajos, Luxemburgo, Canadá, España, Italia, Austria, Alemania, Estados Unidos, Australia y Nueva Zelanda. En el caso del continente americano, Colombia y Ecuador han despenalizado la eutanasia mediante resoluciones de sus tribunales, no a través de reformas legislativas.

Sesión ordinaria en la Cámara de Diputados. | Foto: Aracely Martínez / Ovaciones 


