Escuelas privadas deberán responder ante Profeco: SCJN abre vía para que familias reclamen reembolsos

La Suprema Corte determinó que Profeco tiene autoridad para actuar en conflictos entre padres y escuelas privadas, al considerar que estos servicios son sujetos a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

La Suprema Corte concedió un amparo a un padre de familia. Foto: SCJN.
La Suprema Corte concedió un amparo a un padre de familia. Foto: SCJN.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) tiene facultades para intervenir ante disputas entre padres de familia y escuelas privadas, porque estas prestan un servicio.

Facultades de Profeco para intervenir en escuelas privadas

Los ministros determinaron que la prestación habitual de servicios educativos a cambio de un pago genera una relación de consumo, por lo que las escuelas privadas están sujetas a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

La Corte analizó un amparo presentado por un padre de familia, que solicitó obtener el reembolso de pagos realizados a una institución educativa, luego de informar que sus hijos no cursarían el ciclo escolar en esa institución y recibió la negativa de la institución educativa.

Procedimiento y sanciones aplicadas por Profeco

Por ello, presentó un escrito ante la Procuraduría Federal del Consumidor en el que solicitó su apoyo para que la escuela le reembolsara los pagos de útiles escolares y gastos generales del ciclo escolar 2015-2016.

La Profeco notificó a la citada escuela sobre la audiencia de conciliación prevista en la Ley Federal de Protección al Consumidor y, ante su inasistencia, hizo efectivo el apercibimiento hecho en la notificación anterior, por lo que le impuso una multa de cuatro mil pesos.

Asimismo, declaró iniciado el procedimiento por infracciones a la ley, con base en la presunción de posibles violaciones del proveedor por la negativa a devolver el dinero a la persona consumidora.

La institución presentó un juicio de nulidad y el padre a su vez una solicitud de amparo, que finalmente terminó en la Suprema Corte.

Los ministros determinaron que la Procuraduría Federal del Consumidor puede supervisar que se respeten los derechos de las personas consumidoras en las condiciones económicas y contractuales de estos servicios.

La determinación de la Corte abre la puerta a que más familias utilicen la vía administrativa, además de la civil, para defender sus derechos y también para que la Profeco intervenga en favor de las familias.

Además, los servicios educativos privados quedan bajo la protección de la Ley Federal de Protección al Consumidor y las escuelas privadas tendrán la obligación de responder ante la Profeco por prácticas abusivas o incumplimientos.

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