Resuelve TEPJF que Edmundo Jacobo se queda como secretario ejecutivo del INE

PATRICIA RAMÍREZ Foto: Cuartoscuro La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que es inaplicable el artículo transitorio del Plan B de la reforma electoral, que destituyó a Edmundo Jacobo como secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), pues el poder Legislativo no puede ordenarle a un órgano autónomo

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CIUDAD DE MÉXICO, 03MARZO2023.- Lorenzo Córdova, consejero presidente del INE encabezó la Sesión Extraordinaria del Instituto Nacional Electoral luego en la entrada en vigor del Plan B, esto en la sede del instituto. FOTO: ROGELIO MORALES /CUARTOSCURO.COM

PATRICIA RAMÍREZ

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La sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que es inaplicable el artículo transitorio del Plan B de la reforma electoral, que destituyó a Edmundo Jacobo como secretario ejecutivo del Instituto Nacional Electoral (INE), pues el poder Legislativo no puede ordenarle a un órgano autónomo su administración interna.

Sin embargo, en la votación se registró un empate, pues tres magistrados votaron a favor del proyecto presentado por la magistrada Janine Otálora y otros tres en contra, pero al tener el presidente del organismo electoral voto de calidad, fue aprobada la sentencia, que ya es definitiva e inatacable, por lo que los legisladores no podrán destituir a este funcionario electoral.

La magistrada ponente explicó que este el artículo transitorio constituye una norma privativa e incide en la autonomía del órgano constitucional y en las facultades constitucionales del consejo general del INE, porque la Constitución dispone que la persona titular de la secretaría ejecutiva del Instituto será nombrada con el voto de las dos terceras partes del consejo general a propuesta de su presidencia.

“Por tanto, se concluye que el Congreso de la Unión no puede determinar en una disposición transitoria que el mencionado servidor público cesará en sus funciones ni puede establecer parámetros a la autoridad administrativa nacional para efectuar una nueva designación”, señaló.

Por ello, se determinó inaplicar al caso concreto el artículo décimo séptimo transitorio del decreto legislativo impugnado y declarar que la persona titular de la secretaría ejecutiva del INE debe continuar en el ejercicio del cargo por el cual fue nombrado.

Sin embargo, los magistrados Indalfer Infante, José Luis Vargas Valdés y Mónica Aralí Soto Fregoso consideraron que la sala superior no tiene facultades para intervenir en un conflicto entre poderes y órganos autónomos, pues eso le corresponde a la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Sin embargo, el presidente del TEPJF, Reyes Rodríguez, consideró que sí le corresponde resolver sobre este asunto, por lo que su voto fue decisivo para tomar la determinación final, que confirma la reinstalación de Edmundo Jacobo en su cargo como secretario ejecutivo.