En cada ejercicio fiscal, las y los contribuyentes tienen la posibilidad de realizar deducciones personales, mismas que pueden incluirse en la declaración anual 2025 que se presenta en abril.
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Al respecto, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) precisa que el monto total de las deducciones personales no debe exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales del ejercicio a declarar, equivalente a 206 mil 367.6 pesos en 2025, o 15% del total de los ingresos, incluidos los exentos, lo que resulte menor.
Y asevera que las personas que tributan o hayan tributado en el Régimen Simplificado de Confianza no pueden aplicar deducciones personales.
¿Qué gastos son deducibles ante el SAT?
Entre los conceptos que pueden deducirse se encuentran:
- Gastos médicos y hospitalarios
- Gastos funerarios
- Donativos
- Primas de seguros de gastos médicos mayores
- Colegiaturas y transporte escolar
- Intereses reales por créditos hipotecarios
- Depósitos en cuentas especiales para el ahorro
- Aportaciones complementarias o voluntarias al retiro
Requisitos para hacer válidas las deducciones
El SAT recomienda revisar cuidadosamente las facturas de los gastos a deducir y asegurarse de que cumplan con todos los requisitos fiscales. Para que un gasto sea deducible se requiere:
- Factura electrónica (CFDI) correspondiente.
- Que el RFC del contribuyente esté correctamente registrado.
- Que el concepto del servicio o producto coincida con el comprobante.
- Que el pago se haya hecho mediante transferencia, tarjeta de crédito o débito, o cheque nominativo.
El organismo sugiere solicitar las facturas mensualmente y mantener las deducciones organizadas durante todo el año para evitar contratiempos en la declaración anual.
📎 Para más información, visita el portal del SAT: https://www.sat.gob.mx/portal/public/home

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